REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA


PODER JUDICIAL
Tribunal Quinto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui
Barcelona, doce (12) de diciembre de dos mil cinco
195º y 146º

ASUNTO: BP02-S-2005-003661

En el día hábil de hoy, doce (12) de diciembre de dos mil cinco (2005), siendo las diez de la mañana (10:00 a.m.), oportunidad fijada para que tenga lugar la Audiencia Preliminar, fue anunciado el acto, por el alguacil a las puertas del Tribunal a las partes involucradas en la presente causa. Se deja constancia de la incomparecencia de la parte actora, ciudadano BLADIMIR CARVAJAL, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro 12.152.946, ni por si ni por medio de apoderado, aún cuando el ciudadano Alguacil adscrito a este Tribunal procedió a realizar el llamado de Ley, a las puertas del Juzgado. Asimismo, se deja constancia que por la parte demandada, compareció la apoderada judicial de la empresa demandada Consorcio Mecavenca- Jantesa/ Dietsmann Fátima Vivas Martínez, inscrita en el inpreabogado bajo el Nro. 36.032, tal y como consta en instrumento poder que consigna en este acto. Por lo que de conformidad con lo previsto en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este Juzgado Quinto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley CONSIDERA DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO. PUBLIQUESE, REGISTRESE y DEJESE COPIA CERTIFICADA DE LA PRESENTE DECISION. 195° Y 146°.
El Juez

Abg. Martín Sucre López

La Secretaria.

Abg. Fabiola Pérez.

La apoderada Judicial de la parte demandada.