REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DEL MUNICIPIO ANACO DE LA CIRCUNSCRIPCION
JUDICIAL DEL ESTADO ANZOATEGUI.
Anaco, 12 de Diciembre de 2005
194º y 145º
Por cuanto observa este tribunal que la presente demanda por COBRO DE BOLÍVARES,(procedimiento de intimación), propuesta por el ciudadano: REINALDO BENITEZ MUNDARAIN, venezolano, mayor de edad, de este domicilio, abogado en ejercicio e inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 32.706 de este domicilio, contra la empresa SERVICIOS Y SUMINISTROS LOPEZ. REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DEL MUNICIPIO ANACO DE LA CIRCUNSCRIPCION
JUDICIAL DEL ESTADO ANZOATEGUI.
Anaco, 12 de Diciembre de 2005
194º y 145º
Por cuanto observa este tribunal que la presente demanda por COBRO DE BOLÍVARES,(procedimiento de intimación), propuesta por el ciudadano: REINALDO BENITEZ MUNDARAIN, venezolano, mayor de edad, de este domicilio, abogado en ejercicio e inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 32.706 de este domicilio, contra la empresa SERVICIOS Y SUMINISTROS LOPEZ. Dicha demanda fue admitida en fecha30-08-2004, sin que la parte actora hubiese tenido interés procesal para impulsar la acción propuesta a través de la citación de la demandada, se declara la PERENCION de instancia de conformidad con el artículo 267 del Código de Procedimiento Civil, ello se hace administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley. Archivese el presente expediente. Cúmplase.
El Juez Temporal,
Dr. Víctor E. Lugo Ascanio
La Secretaria,
Abg. Fátima Rondón Itanare
VELA: mm.-
Exp. Nº 2004-3323
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