REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil, Tránsito y de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui.
Barcelona, veinticinco de enero de dos mil cinco
194º y 145º
ASUNTO : BH06-X-2005-000005
Por recibidas las actuaciones que anteceden, relacionadas con la inhibición planteada por la Abogada Ana Jacinta Duran, en su carácter de Juez Unipersonal N°.2 del Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, en el juicio por Desacato de Autoridad propuesto por las Defensoras de Protección del Niño y del Adolescente del Municipio Simón Bolívar del Estado Anzoátegui, en la cual se encuentran involucrados los adolescentes María José Hernández Velásquez y Javier José Hernández Velásquez, "en virtud de la enemistad existente entre su persona y la de la abogada Rosa Figuera, la cual es representante legal del ciudadano Hernan José Hernandez"; fórmese expediente, admítase, désele entrada en los libros de causas respectivos llevados por este Tribunal Superior durante el presente año y háganse las anotaciones correspondientes.
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 88 del Código de Procedimiento Civil, este Tribunal Superior administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara Con Lugar la inhibición planteada por estar fundamentada en causal legal. Se ordena, remitir las actuaciones al Tribunal de origen a los fines legales consiguientes.
El Juez,
Abg. Rafael Simón Rincón Apalmo La Secretaria,
Abg. María Eugenia Pérez
Seguidamente se cumplió lo ordenado en el auto anterior, se remite el asunto constante de doce (12) folios útiles, junto con oficio N°.2005-0410-16. Conste. La Secretaria,
Abg. María Eugenia Pérez
|