REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE CONTROL

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Tribunal de Control de Barcelona
Barcelona, 17 de Enero de 2005
194º y 145º
ASUNTO PRINCIPAL : BP01-S-2005-000277
ASUNTO : BP01-S-2005-000277


Visto el escrito presentado por el DR. JOSE DANIEL PEREZ, en su carácter de Fiscal del Ministerio Público para el Régimen Procesal Transitorio de este Estado, mediante el cual coloca a la orden de este Tribunal de Control N° 03 del Circuito Judicial Penal del Estado Anzoátegui, en calidad de detenido al imputado JOSE LUIS RODRIGUEZ MARTINEZ, donde es capturado en las circunstancias de tiempo, modo y lugar a que se refieren las actuaciones policiales que cursan en la presente causa, y solicita la LIBERTAD PLENA al mismo, por cuanto este acto resulta violatorio a lo establecido en el artículo 44 en su ordinal 1° de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela. Y oído como fue el imputado, debidamente asistido por su Defensora Pública Penal, previamente designada, Dra. MARISOL AGUILARTE TORRES, este Tribunal para decidir observa:

Vista la solicitud Fiscal de Libertad Plena por considerar que el imputado de autos no se encuentra incurso en delito alguno, esta Instancia comparte el criterio del Ministerio Público, y en consecuencia se acuerda la LIBERTAD PLENA sin restricción alguna al ciudadano JOSE LUIS RODRIGUEZ MARTINEZ. Remítase Oficio a la Policía del Estado Anzoátegui, participando la Libertad del Imputado, la cual se hará efectiva desde el recinto de este Tribuna. Y asì se Decide.

En consecuencia, este Tribunal de Control Nº 03 del Circuito Judicial Penal del Estado Anzoátegui, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por Autoridad de la Ley, decreta la LIBERTAD PLENA del ciudadano JOSE LUIS RODRIGUEZ MARTINEZ, quien es venezolano, titular de la cédula de identidad N° 14.308.912, natural Aragua de Barcelona, Estado Anzoátegui, donde nació en fecha 26-04-1975, de 29 años de edad, de estado civil soltero, de profesión u oficio Obrero, hijo de los ciudadanos María Martínez (v) y Martín Antonio Rodríguez (v), residenciado en final de la Calle Libertad, casa N° 25, Sector San Pedro, Aragua de Barcelona, Estado Anzoátegui. El procedimiento a seguirse es el Ordinario. Remítase la presente causa, en su oportunidad legal, a la Fiscalía del Ministerio Público para el Régimen Procesal Transitorio de este Estado. Líbrese oficio al ciudadano Comandante de la Policía del Estado Anzoátegui, participando la libertad del prenombrado imputado. Cúmplase lo ordenado.-
LA JUEZ DE CONTROL N° 03,

DRA. FRENNYS ELISENA BOLIVAR
LA SECRETARIA ,

ABOG. AIDA RAMOS
Resolución
Libertad Plena
Asunto: BP01-S-2005-000277
Fecha: 17-01-2005
FEB/mhz