REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SEXTO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE CONTROL

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal de Control de Barcelona
Barcelona, 15 de Enero de 2005
194º y 145º

ASUNTO PRINCIPAL : BP01-S-2005-000263
ASUNTO : BP01-S-2005-000263

Visto el escrito presentado por el DR. LEONARDO REYES, en su carácter de Fiscal Noveno del Ministerio Público de esta Circunscripción Judicial, mediante el cual coloca a la orden de este Tribunal de Control N° 06 del Circuito Judicial Penal del Estado Anzoátegui, en calidad de detenido al ciudadano JULIAN JOSE YENDIS ALCANTARA, solicitando se le decrete LIBERTAD PLENA. Y Oído como fue el imputado, en la Audiencia de Presentación celebrada a estos fines, en la sede de éste Tribunal, y debidamente asistido por el Defensor Público Penal, DRA. AMALIA LOPEZ, este Tribunal Sexto de Control, antes de decidir lo solicitado, por la Representación Fiscal, observa:
Vista la solicitud Fiscal de Libertad Plena por considerar que no se encuentran llenos los llenos los extremos legales exigidos en los Artículos 250 y 256 del Código Orgánico Procesal Penal, y en consecuencia se acuerda la LIBERTAD PLENA al ciudadano JULIAN JOSE YENDIS ALCANTARA, conforme a lo establecido en el artículo 44 ordinal 1° de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela. Remítase Oficio a la Zona Policial N° 02 de la Policia del Estado Anzoátegui, participando la Libertad del referido Imputado, la cual se hará efectiva desde el recinto de este Tribunal. Remítase en su oportunidad legal la presente causa a la Fiscalía Novena del Ministerio Público, a los fines que emita el acto conclusivo correspondiente. Y así se Decide.
En consecuencia, este Tribunal de Control Nº 06 del Circuito Judicial Penal del Estado Anzoátegui, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por Autoridad de la Ley, decreta: LA LIBERTAD PLENA del ciudadano JULIAN JOSE YENDIS ALCANTARA, quien es Venezolano, natural de Cumana, Estado Sucre, donde nació el día 10-1079, Indocumentado, de estado civil soltero de profesión u oficio Pescador, hijo de los ciudadanos ANA ALCANTARA Y JOSE YENDIS, residenciado en Volcadero, casa de bloque s/n de color amarillo pollito, Guanta, Estado Anzoátegui. Remítase la presente causa, en su oportunidad legal, a la Fiscalía Novena del Ministerio Público, a los fines que emita el acto conclusivo correspondiente, librese Oficio a la Zona Policial N° 02 de la Policía del Estado Anzoátegui participando la libertad del prenombrado imputado. Cúmplase.-
EL JUEZ DE CONTROL N° 06 DE GUARDIA.,

DR. ANWAN ROMHAIN MARIN.
LA SECRETARIA.,

ABG. SANDRA DE VELLIS.
fl.