REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, AGRARIO Y TRÁNSITO
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui
Barcelona, catorce de enero de dos mil cinco
194º y 145º
ASUNTO : BH03-V-2001-000036
Vista la decisión dictada en fecha 26 de Septiembre de 2.002, con la cual se declara con lugar la cuestión previa promovida por la parte actora y por cuanto la parte demandante no subsano la misma en el lapso legal correspondiente, este Tribunal de conformidad con lo establecido en el último aparte del Artículo 354 del Código de Procedimiento Civil, declara EXTINGUIDO el proceso y ordena así mismo el Archivo del presente expediente.
El Juez Provisorio,
Abog. Jesus Martinez Gago
La Secretaria
Dra. María Renzulli Dávila.
JMG/lorena.-