REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO CUARTO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, AGRARIO Y TRÁNSITO

Juzgado Cuarto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y de Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui
Barcelona, veinticuatro de enero de dos mil cinco
194º y 145º

ASUNTO : BP02-S-2004-002739

Vista la anterior Solicitud de TÍTULO DE ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS y sus anexos, presentada por la ciudadana MARIA DE LOURDES VALLENILLA, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad No. 2.804.165, debidamente asistida por la Abogada NORKY KARINA MORENO, inscrita en el Inpreabogado bajo el No. 110.488, donde solicita, en su condición de viuda, que tanto ella como sus hijos WILLIAN JOSE MARTINEZ VALLENILLA, RICHARD JOSE MARTINEZ VALLENILLA, AMAURIS JOSEFINA MARTINEZ VALLENILLA y LUISA BELTRANA MARTINEZ VALLENILLA, sean declarados UNICA Y UNIVERSAL HEREDERA, del De Cujus JUAN RAMÓN MARTINEZ RODRIGUEZ, fallecido Ab-intestato el día 26 de Enero de 2.002.-
Este Tribunal, vistos los recaudos acompañados y las declaraciones de las ciudadanos JESUS MARIA MORENO DIAZ y CARMEN IRAIDA GUEVARA DE DIAZ, quienes declararon por ante este Tribunal, en fecha 19 de Enero de 2005, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara las anteriores actuaciones bastantes y suficientes para asegurarles su condición de UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS del De Cujus, UAN RAMÓN MARTINEZ RODRIGUEZ a la ciudadana, MARIA DE LOURDES VALLENILLA, en su condición de viuda del difunto, conjuntamente con con los ciudadanos WILLIAN JOSE MARTINEZ VALLENILLA, RICHARD JOSE MARTINEZ VALLENILLA, AMAURIS JOSEFINA MARTINEZ VALLENILLA y LUISA BELTRANA MARTINEZ VALLENILLA, en su condición de hijos del De Cujus, quedando en todo caso a salvo los derechos que puedan corresponder a terceros.- Devuélvanse estas actuaciones originales a los interesados y déjese nota en el Libro Diario que lleva este Tribunal, y así se Decide.-
El Juez Suplente Especial,


Abg. JOSE RAFAEL COLL GOMEZ
La Secretaria;


DORIS ROJAS DE NADALES;



JRCG/bjrv.