REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO CUARTO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, AGRARIO Y TRÁNSITO

Juzgado Cuarto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y de Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui
Barcelona, treinta y uno de enero de dos mil cinco
194º y 145º

ASUNTO : BP02-S-2004-002692

Vista la anterior solicitud de Título de Únicos y Universales Herederos, presentada por la ciudadana ROSA DALIA TIAPA DE BASTARDO, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nro: 4.217.271, debidamente asistida por la abogada YELITZA GUZMAN GONZALEZ, inscrita en el inpreabogado bajo el N° 109.042, mediante la cual solicita sean declarados Únicos y Universales Herederos, ella y sus cuatro (4) hijos ciudadanos OSCAR RAMON BASTARDO TIAPA, MARIA VICTORIA BASTARDO TIAPA, YURAMYS COROMOTO BASTARDO TIAPA y ODALYS DEL VALLE BASTARDO TIAPA, del de cujus ciudadano OSCAR RAMON BASTARDO MENDOZA, fallecido Ab-intestato el día veinte (20) de noviembre de 2.004.-
Este Tribunal vistos los recaudos acompañados y las declaraciones de los testigos, ciudadanos MARIA ROSA QUIARO SALAZAR y LUIS ANTONIO FARIAS, plenamente identificados en las declaraciones, quienes declararon por ante este Tribunal el día 27 de enero de 2.005, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara las anteriores actuaciones bastantes para asegurarles sus condiciones de ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS del “de cujus” OSCAR RAMON BASTARDO MENDOZ, a la ciudadana ROSA DALIA TIAPA DE BASTARDO y a sus hijos: OSCAR RAMON BASTARDO TIAPA, MARIA VICTORIA BASTARDO TIAPA, YURAMYS COROMOTO BASTARDO TIAPA y ODALYS DEL VALLE BASTARDO TIAPA, por ser esposa e hijos del occiso antes mencionado, quedando en todo caso a salvo los derechos que puedan corresponder a terceros.- Devuélvanse estas actuaciones originales a los interesados y déjese nota en el Libro Diario que lleva este Tribunal.- Así se decide.-
El Juez Suplente Especial,

Dr. José Rafael Coll Gómez.-

La Secretaria,

Abg. Doris Rojas de Nadales.-

JRCG/cz.-