REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SEGUNDO DEL MUNICIPIO SIMON BOLIVAR
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Juzgado Segundo del Municipio Simon Bolívar de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui
Barcelona, veintisiete de enero de dos mil cinco
194º y 145º
ASUNTO : BP02-S-2004-002756
Visto el escrito de solicitud de Inspección Judicial, presentada por el ciudadano ALEXIS ENRIQUE RUIZ RINCONES, en fecha 18-01-05, debidamente asistido de Abogado, el Tribunal observa:
La figura de la Inspección Judicial, esta perfectamente determinada en la ley, señalando la norma que ésta debe realizarse para hacer constar la circunstancia o el estado de los lugares o de las cosas que no se pueda o no sea fácil acreditar de otra manera; resultando menos aplicable o inútil en controversias sobre el estado de las personas y otra clase de derechos, cuyo objeto no cae bajo los sentidos.- En el presente caso, los particulares descrito en la solicitud, requiere que el juez se convierta en una persona que tiene un conocimiento de lo planteado tal como dejar constancia del estado civil de las personas, demostrable por otras vías, así como de las pertenencias de cada uno de ellos; y avanzado más a los fines de interrogar personas; considerando que no son materias de inspección judicial, y por tal motivo niega la solicitud de Inspección Judicial hecha por el ciudadano ALEXIS RUIZ, asistido de Abogado.- Y así se decide.-
EL JUEZ SUPLENTE ESPECIAL,
LA SECRETARIA,