REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Segundo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui
Barcelona, doce de Enero de dos mil cinco
194º y 145º
ASUNTO : BP02-L-2004-000693
PARTE ACTORA:JOSE MANUEL ARIAS LAZARO
APODERADOS DE LA PARTE ACTORA: ZEZARINA GUEVARA
PARTE DEMANDADA: CONSTRUCCIONES Y MONTAJES URIMAN,S.A. y PETROLERA AMERIVEN,S.A.
APODERADOS DE LA PARTE DEMANDADA: DESCONOCIDO
MOTIVO:DIFERENCIA DE PRESTACIONES SOCIALES
En el día hábil de hoy 12 de Enero de 2005, siendo las nueve y treinta de la mañana (9:30 A.M.,), oportunidad fijada para que tenga lugar el inicio de la Audiencia Preliminar en el presente juicio, se deja constancia de la incomparecencia de las partes. Por lo que de conformidad con lo previsto en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este Juzgado de Sustanciación, Mediación y Ejecución en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley DECLARA DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO. PUBLIQUESE, REGISTRESE Y DEJESE COPIA CERTIFICADA DE LA PRESENTE DECISION. Años 145 y 194.
La Juez
Abg.Yissein López
La Secretaria,
Abg.Noemi Mogna
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