REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA


PODER JUDICIAL

Tribunal Primero Transitorio Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui
Barcelona, doce de enero de dos mil cinco
194º y 145º

ASUNTO : BC0A-L-1998-000004
Visto el escrito presentado por la parte actora ciudadano FERNANDO LUIS CORREA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 4.688.913, representado por la Abogada LUISA ZULAMEY RODRIGUEZ, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 52.918, por una parte y por la otra la Abogada ADRIANA MERCEDES REYES, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 52.647, en su condición de coapoderada judicial de la empresa demandada COMPAÑÍA DE ADMINISTRACION Y FOMENTO ELECTRICO (CADAFE), mediante el cual solicitan la Homologación de la Transacción suscrita entre las partes, inserta a los folios trescientos noventa y tres (393) al trescientos noventa y siete (397) del presente expediente, así como la consignación de fecha 10 de enero de 2005 de la certificación en original emitida por el Banco Industrial de Venezuela de fecha 29 de noviembre de 2004, cursante a los folios 403 al 405 del presente expediente. Este Tribunal, al evidenciar que tanto la apoderada judicial de la parte actora como la coapoderada judicial de la empresa accionada tienen facultad expresa para transigir tal como consta al folio 113 de la primera pieza y 399 y su vto. de la tercera pieza del presente expediente; por cuanto lo solicitado no es contrario a derecho y la transacción no versa sobre materias en las cuales esté prohibida, le imparte su homologación en toda y cada una de sus partes, conforme a lo dispuesto en el numeral 2 del Artículo 89 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, el parágrafo Único del Artículo 3 de la Ley del Trabajo y el artículo 256 del Código de Procedimiento Civil, aplicable por remisión del artículo 11 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, dándole carácter de cosa Juzgada. En consecuencia, se da por terminado el presente procedimiento y se ordena el archivo del presente expediente. Publíquese. Regístrese. Guárdese copia certificada de la presente homologación. Cúmplase.
La Juez Temporal,

Abg. Carmen Cecilia Fleming
La Secretaria Acc,

Abg. Sibille Urrieta Reyes.

En esta misma fecha de hoy, siendo las 12:50 p.m., se publicó la anterior decisión y se dió cumplimiento a lo ordenado. Conste.
La Secretaria Acc,

Abg. Sibille Urrieta Reyes.