REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Tribunal Transitorio Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui
Barcelona, diecisiete de enero de dos mil cinco
194º y 145º

ASUNTO : BP02-R-2004-001375

Visto el escrito presentado por la parte actora ciudadano SILVIO JOSE ALLEN, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 13.163.088, representado por el Abogado ANIBAL BRITO, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 21.038, por una parte y por la otra el Abogado JOSE MANUEL OLLEROS CASTRO, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 41.451, en su condición de apoderado judicial de la empresa demandada CARIBE, C.A., mediante el cual solicitan la Homologación de la Transacción suscrita entre las partes, inserta al folio cinco (05) del del cuaderno separado de apelación del presente expediente. Este Tribunal, al evidenciar que tanto el apoderada judicial de la parte actora como el apoderado judicial de la empresa accionada tienen facultad expresa para transigir tal como consta al folio cinco (05) y cuarenta y tres (43) del presente expediente; por cuanto lo solicitado no es contrario a derecho y la transacción no versa sobre materias en las cuales esté prohibida, le imparte su homologación en toda y cada una de sus partes, conforme a lo dispuesto en el numeral 2 del Artículo 89 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, el parágrafo Único del Artículo 3 de la Ley del Trabajo y el artículo 256 del Código de Procedimiento Civil, aplicable por remisión del artículo 11 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, dándole carácter de cosa Juzgada. Así mismo, se acuerda expedir por Secretaría las dos (02) copias certificadas solicitadas por ambas partes. En consecuencia, se da por terminado el presente procedimiento y se ordena el archivo del mismo. Publíquese. Regístrese. Guárdese copia certificada de la presente homologación. Cúmplase.
La Juez Temporal,

Abg. Carmen Cecilia Fleming
La Secretaria Acc,

Abg. Sibille Urrieta Reyes. En esta misma fecha de hoy, siendo las 11:15 a.m., se publicó la anterior decisión y se dio cumplimiento a lo ordenado. Conste.
La Secretaria Acc,

Abg. Sibille Urrieta Reyes.