REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Primero Transitorio Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui
Barcelona, veinticinco de enero de dos mil cinco
194º y 145º
ASUNTO : BP02-R-2004-000987
PARTE APELANTE: MANOLA GIROTT, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nro. 11.420.593.
APODERADAS JUDICIALES DE LA PARTE APELANTE: MARIA ESPERANZA AGUILERA, R., RAYNETH OLEAGA HERNANDEZ y JAQUELINE J. ESTABA GONZALEZ, inscritas en el inpreabogado numeros 81.280, 81.262 y 81.273, respectivamente.
MOTIVO: RECURSO DE APELACIÓN CONTRA LA DECISIÓN DICTADA POR EL JUZGADO TERCERO TRANSITORIO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL TRABAJO DE ESTA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL EN FECHA 29 DE JUNIO 2004. OÍDO EN AMBOS EFECTOS EN FECHA 23 DE JULIO DE 2004.
En el día hábil de hoy, Veinticinco (25) de Enero de 2005, siendo las 11:00 a.m., oportunidad fijada para que tenga lugar la Audiencia en el presente juicio, se deja constancia que se encuentran presentes la Juez Temporal, la Secretaria del Tribunal, el alguacil designado así como la incomparecencia de la ciudadana MANOLA GIROTT, ni por si ni por medio de apoderado Judicial. Seguidamente, la ciudadana Juez Temporal de este Tribunal, al constatar la anterior circunstancia, declara: DESISTIDO el recurso de apelación ejercido por la representación judicial de la parte actora contra la decisión dictada por el Tribunal Tercero Transitorio de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de esta Circunscripción Judicial en fecha 29 de junio de 2004, la cual queda
CONFIRMADA. En acatamiento a la disposición contenida en el artículo 164 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, se ordena la remisión del presente expediente al Tribunal Segundo Transitorio de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de esta Circunscripción Judicial. Igualmente se deja constancia, que la presente Audiencia se reprodujo en forma audiovisual de acuerdo a lo preceptuado en el artículo 166 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, con una cámara marca SONY, serial No. 441463, manipulada por el Técnico Audiovisual adscrito a la Coordinación Judicial de esta Circunscripción ciudadano JESUS GUEVARA, titular de la cédula de identidad No. 11.904.682. Se ordena agregar a los autos la video grabación de la presente audiencia. Se acuerda la publicación de la presente acta. Es Todo. Terminó, se leyó y conformes firman.
La Juez Temporal,
Abg. Carmen Cecilia Fleming H.
La Secretaria,
Abg. Lourdes Romero H.
EL ALGUACIL,
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