REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA


PODER JUDICIAL

Tribunal Primero Transitorio Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui
Barcelona, veintisiete de enero de dos mil cinco
194º y 145º

ASUNTO : BP02-R-2004-001516
PARTE APELANTE: MARIO ALEJANDRO QUIÑONES SENEGA, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nro. 2.516.911
APODERADOS JUDICIALES DE LA PARTE APELANTE: ARMANDO MOSTAFA, PASTOR POLO y OMAR FUMERO, inscritos en el inpreabogado bajo los números 67.381, 67.413 y 67.414.
MOTIVO: RECURSO DE APELACIÓN CONTRA LA DECISIÓN DICTADA POR EL JUZGADO SEGUNDO TRANSITORIO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL TRABAJO DE ESTA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL EN FECHA 03 DE AGOSTO 2004. OÍDO EN AMBOS EFECTOS EN FECHA 28 DE OCTUBRE DE 2004.

En el día hábil de hoy, veintisiete (27) de Enero de 2005, siendo las 9:30 a.m., oportunidad fijada para que tenga lugar la Audiencia en el presente juicio, se deja constancia de que se encuentran presentes la Juez Temporal, la Secretaria del Tribunal y el alguacil designado, así como la incomparecencia de la parte apelante ciudadano MARIO ALEJANDRO QUIÑONES, ni por si ni por medio de su apoderado judicial . Seguidamente, la ciudadana Juez Temporal de este Tribunal, al constatar la anterior circunstancia, declara: DESISTIDO el recurso de apelación ejercido por la representación judicial de la parte actora contra la decisión dictada por el Tribunal Segundo Transitorio de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de esta Circunscripción Judicial en fecha 03 de Agosto de 2004, la cual queda CONFIRMADA. En acatamiento a la disposición contenida en el artículo 164 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, se ordena la remisión del presente expediente al Tribunal Segundo Transitorio de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de esta Circunscripción Judicial. Igualmente se deja constancia, que la presente Audiencia se reprodujo en forma audiovisual de acuerdo a lo preceptuado en el artículo 166 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, con una cámara marca SONY, serial No. 440990, manipulada por el Técnico Audiovisual adscrito a la Coordinación Judicial de esta Circunscripción ciudadano DARWIN JOSE VASQUEZ GUERRA, titular de la cédula de identidad No. 8.283.339. Se ordena agregar a los autos planilla de control de anuncio de audiencia llevadas por el Algualcil de este Tribunal, asi como la video grabación de la presente audiencia. Se acuerda la publicación de la presente acta. Es Todo. Terminó, se leyó y conformes firman.
La Juez Temporal,

Abg. Carmen Cecilia Fleming H.
La Secretaria,

Abg. Lourdes Romero H.


EL ALGUACIL,