REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA


PODER JUDICIAL

Tribunal Primero Transitorio Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui
Barcelona, treinta y uno de enero de dos mil cinco
194º y 145º

ASUNTO : BP02-R-2004-001573
PARTE APELANTE: VENEZOLANA DE PREVENCIÓN C.A. (VEPRECA), Sociedad Mercantil inscrita en el Registro de Comercio anteriormente llevado por el Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, del Tránsito y del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, en fecha 4 de agosto de 1970, bajo el N° 67, Tomo 1° de los Libros respectivos.
APODERADO JUDICIAL DE LA PARTE APELANTE: BOGART ENRIQUE GONZALEZ PACHECO, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 52.193.
PARTE ACTORA: HECTOR RAFAEL HERNANDEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 8.273.041.
MOTIVO: RECURSO DE APELACIÓN INTERPUESTO POR LA REPRESENTACION JUDICIAL DE LA PARTE DEMANDADA CONTRA LA DECISIÓN DICTADA POR EL JUZGADO PRIMERO TRANSITORIO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACION, MEDIACION Y EJECUCION DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ANZOÁTEGUI EN FECHA 18 DE OCTUBRE DE 2004. OIDO EN AMBOS EFECTOS EN FECHA 27 DE OCTUBRE DE 2004.

En el día hábil de hoy, treinta y uno (31) de enero de 2005, siendo las 11:00 a.m., oportunidad fijada para que tenga lugar la Audiencia en el presente juicio, se deja constancia que la Sala de Audiencias de esta Jurisdicción Laboral se encontraba precedentemente ocupada, por lo que se da inicio a la audiencia siendo las 11:20 am, encontrándose presentes la Juez Temporal, la Secretaria del Tribunal, dejándose constancia de la incomparecencia de la representación judicial de la parte apelante. Seguidamente, la ciudadana Juez Temporal de este Tribunal, al evidenciar la anterior circunstancia, declara: DESISTIDO el recurso de apelación interpuesto por la representación judicial de la parte demandada contra la sentencia dictada por el Tribunal Primero Transitorio de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui en fecha 18 de octubre de 2004, la cual queda CONFIRMADA. En acatamiento a la disposición contenida en el artículo 164 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, se ordena la remisión del presente expediente al Tribunal Primero Transitorio de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de esta Circunscripción Judicial. Igualmente se deja constancia, que la presente Audiencia se reprodujo en forma audiovisual de acuerdo a lo preceptuado en el artículo 166 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, con una cámara marca SONY, serial No. 441463, manipulada por el Técnico Audiovisual adscrito a la Coordinación Judicial de esta Circunscripción ciudadano JESUS GUEVARA, titular de la cédula de identidad No. 11.904.682. Se ordena agregar a los autos la video grabación de la presente audiencia, así como el control de audiencias correspondientes a este Tribunal Superior. Se acuerda la publicación de la presente acta. Es Todo. Terminó, se leyó y conformes firman.
La Juez Temporal,

Abg. Carmen Cecilia Fleming H.
La Secretaria,

Abg. Lourdes C. Romero.

El Alguacil,