REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL DE PROTECCIÓN DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Sección de Protección de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui
Barcelona, diecisiete de enero de dos mil cinco
194º y 145º
ASUNTO : BP02-Z-2005-000018
Por recibida la anterior solicitud de REGIMEN DE VISITAS, propuesta por la Fiscal Décimo Quinta del MInisteio Publico de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, actuando en nombre y representación del Niño MANUEL DROZ CADAMO de tres (03) años de edad actualmente, junto con los recaudos que en ella se mencionan, todos constante de un (01) folio útiles y un (1) anexo. Désele entrada. Admítase. Fórmese expediente. En y consecuencia, cítese a los ciudadanos CARLOS MANUEL DROZ ALCALÁ y MARÍA DE LOURDES CADAMO, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad N° 8.262.825 y V-8.298232, respectivamente, el primero domiciliado en la Calle Pasionaria, No.43, Barrio las Orquídea, Barcelona Estado Anzoategui y la segunda en la Parroquia el Pilar, Vía Caigua, Calle Bolívar, s/n, Frente la Medicatura, Barcelona Estado Anzoátequi; para que comparezcan por ante éste Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, Sala de Juicio N° 02, al tercer (3er) día de Despacho siguiente a su citación, en horas comprendidas de ocho y treinta (8:30.am) de la mañana y dos y treinta (2:30. pm) de la tarde, a los fines de exponer sus alegatos con relación a la presente demanda y la segunda a dar contestación a la presente demanda. Asimismo, de conformidad con lo establecido en el Artículo 516 ejusdem, se indica que la Juez intentará la conciliación entre las partes, la cual tendrá lugar a las once de la mañana del mismo día de la contestación. Líbrese boletas.
LA JUEZ PROVISORIO UNIPERSONAL N° 02.
DRA. ANA JACINTA DURAN.
LA SECRETARIA.
ABOG. MELISSA AZOCAR.
En la misma fecha del auto anterior se le dio cumplimiento a todo lo ordenado en él.
LA SECRETARIA.
ABOG. MELISSA AZOCAR.
AJD/Mary Carmen