REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL DE PROTECCIÓN DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Sección de Protección de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui
Barcelona, diecinueve de enero de dos mil cinco
194º y 145º
ASUNTO : BP02-S-2005-000023.
Por recibida la anterior solicitud de DISPOSICION DE BIENES, propuesta mediante comunicación emanada del Instituto Autónomo de la Policiía del Estado Anzoát3egui, Dirección General, junto con cheque N°. S-92 42368680, por la cantidad de SEISCIENTOS DOCE MIL NOVECIENTOS CINCUENTA Y SIETE BOLIVARES CON 78/CTMS (Bs.612.957,78), contra el Banco de Venezuela, por concepto de Prestaciones Sociales que le corresponden a los niños ALEMAN SANTOYO FRANKLIN ANTONIO, ALEMAN CAMPOS ENMANUEL y ALEMAN CAMPOS GENESIS, hijos del funcionario fallecido ciudadano FRANK ALEMAN PARACO, quien prestó servicios en dicha Institución y los recaudos que en ella se mencionan, toda constante de tres (03) folios útiles; Désele entrada; Anótese en los libros respectivos; por cuanto la misma no es contraria a derecho, el Tribunal la ADMITE, y en consecuencia a los fines de proveer sobre la presente solicitud, este Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, Sala de Juicio Nº 02, Ordena notificar a la ciudadana INES MARIA PARAQUEIMO, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad V-17.730.886, domiciliada en El Tejar, Municipio Píritu del Estado Anzoátegui, de la presente solicitud; asimismo se ordena la notificación de la ciudadana Fiscal Decimotercero del Ministerio Público, del inicio de la presente solicitud. Igualmente éste Tribunal ORDENA la apertura de una cuenta de ahorros a nombre de los niños de autos, en el Banco Industrial de Venezuela, con el cheque arriba identificado, la cual no podrá ser movilizada sin la debida autorización de éste Tribunal. Cumplase.
LA JUEZ PROVISORIO UNIPERSONAL Nº 02.
DRA. ANA JACINTA DURAN.
LA SECRETARIA.
ABOG. FARAH MELISSA AZOCAR.
En la misma fecha del auto anterior se le dio cumplimiento a todo lo ordenado en él.
LA SECRETARIA.
ABOG. FARAH MELISSA AZOCAR.
AJD/ ZG.