REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL DE PROTECCIÓN DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA


PODER JUDICIAL

Sección de Protección de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui
Barcelona, diecinueve de enero de dos mil cinco
194º y 145º
ASUNTO : BP02-Z-2005-000022

Por recibida la anterior Solicitud de RÉGIMEN DE VISITAS, presentada por la Fiscal Décima Tercera Encargada del Ministerio Público del Estado Anzoátegui, Dra. LORYANA DECENA RAMIREZ, quien actúa en representación del niño CRUZ MARIA BARRIOS MEJIAS de diez (10) años de edad, junto con los recaudos que la acompañan. En consecuencia, ésta Sala de Juicio N° 01 del Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente del Estado Anzoátegui, la ADMITE, por cuanto la solicitante cumplió con el requisito exigido por ésta Sala de Juicio, de conformidad con el artículo 387 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente; cítese por medio de boleta al ciudadano CRUZ LORENZO BARRIOS MORGADO, mayor de edad, venezolano, titular de la cédula de identidad Nº 8.321.874, domiciliado en la Vía San Diego, Sector Las Carmelitas, Casa S/N°, Municipio Sotillo, Estado Anzoátegui; para que comparezca por ante éste Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente, Sala de Juicio Nº 01 del Estado Anzoátegui, a las diez de la mañana (l0:00 a.m.), del tercer (3er) día de Despacho siguiente a su citación, a los fines de dar contestación a la solicitud de Régimen de visitas, presentada por la Fiscal Décima Tercera Encargada del Ministerio Público del Estado Anzoátegui, Dra. LORYANA DECENA RAMIREZ, quien actúa en representación del niño CRUZ MARIA BARRIOS MEJIAS de diez (10) años de edad. Con la advertencia que el día de la comparecencia la juez intentará una conciliación entre las partes a las nueve de la mañana (9:00.a.m.). Asimismo se acuerda practicar informe social en los hogares de los ciudadanos CRUZ LORENZO BARRIOS MORGADO y MIREYA MEJIAS e igualmente evaluaciones psiquiatricas y psicológicas a todo el grupo familiar. Se acordó oír la opinión del niño CRUZ MARIA BARRIOS MEJIAS de diez (10) años de edad. Líbrese boleta. Cúmplase.
El Juez


Abog. Gladys Sánchez de Guzmán

El Secretario
Abg. Odalis Marín Maitan

Judith