REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Sección de Protección de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui
Barcelona, veintiseis de enero de dos mil cinco
194º y 145º

ASUNTO : BP02-Z-2005-000077



Por recibida la presente solicitud de HOMOLOGACIÒN DE REGIMEN DE VISITAS, propuesta por la Fiscal Undecimo del Ministerio Publico Publico Dra: CARMEN ALVIAREZ RODRIGUEZ actuando en representaciòn de los Niños: NELSON JESUS y GABRIEL ALEJANDRO " CARDONA MALAVE", de un (01) y tres (03) años de edad respectivamente quienes son hijos de los ciudadanos: NELSON JOSE CARDONA RIOS y MILAGROS COROMOTO MALAVE FARIAS ambos mayores de edad, Venezolanos, titulares de la Cédula de Identidad Nº V- 13.316.730 y V- 11.423.879, respectivamente, junto con los recaudos que ella se mencionan, todo constante de cuatro (04) folio ùtiles.- Désele entrada. En consecuencia se ADMITE por cuanto a lugar en derecho y no es contraria a las buenas costumbres y a ninguna Disposiciòn expresada de la Ley Organica para la Protecciòn del Niño y del Adolescente, quienes despues de ser orientados por la Fiscal de Protección quedando de acuerdo en la siguientes manera: "Yo NELSON JOSE CARDONA RIOS, por medio de la presente me comprometo a cumplir el siguiente Régimen de Visitas a favor de mis hijos e los Niños: NELSON JESUS y GABRIEL ALEJANDRO " CARDONA MALAVE", de un (01) y tres (03) años de edad respectivamente, cuya Guarda la ejerce la madre MILAGROS COROMOTO MALAVE FARIAS: todos los fines de semanas, los buscaré el día viernes a las 4:00pm, y los entregaré a más tardar los lunes a las 8:30 am, pudiendo mis hijos viajar conmigo. En cuanto a las vacaciones de carnaval, Semana Santa, los días 24 y 31 de diciembre serán con la madre. El día del padre conmigo y el día de la madre con la madre.- Y yo. MILAGROS COROMOTO MALAVE FARIAS, manifiesto que estoy de acuerdo con las visitas arribas señaladas y a su vez me comprometo a cumplir las mismas. Es todo.- , En consecuencia, este Juzgado de Protecciòn del Niño y del Adolescente, Sala de Juicio Nº 2 en Uso de sus Atribuciones legales conferidas en el Articulo 375 de la Ley Organica para la Protecciòn del Niño y del Adolescente y en Interes Superior de los niños:NELSON JESUS y GABRIEL ALEJANDRO " CARDONA MALAVE", de un (01) y tres (03) años de edad respectivamente de conformidad con lo establecido en el Articulo 8 de la citada Ley el cual es de obligatorio cumplimiento en la toma de decisiones concernientes a niños o adolescente para asegurar su desarrollo integral asì como el disfrute pleno y efectivo de sus derechos y garantias HOMOLOGA, por ser procedente en todas y cada una de sus partes el presente convenio.Se le advierte a las partes de incurrir en los supuestos establecidos en los Articulos 245 „EJUSDEM“, referente al incumplimiento a un acuerdo conciliatorio serà sancionado con multa de dos a seis meses de ingreso, incluyendo prisiòn de seis meses a dos años de conformidad con el Articulo 270 por incumplir la acciòn de la Autoridad Judicial o del Fiscal del Ministerio Pùblico. Expìdase por secretaria dos (02) copias certificadas de la presente decisiòn y entreguesela a ambas partes a los fines legales consiguientes.- Cùmplase.
JUEZ PROVISORIO UNIPERSONAL Nº 02

DRA. ANA JACINTA DURAN

LA SECRETARIA

ABOG. FARAH MELISSA AZOCAR

En la misma fecha del auto anterior se le dio cumplimiento a todo lo ordenado en èl.-
LA SECRETARIA
ABOG. FARAH MELISSA AZOCAR








ADJ/carmen