REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL DE PROTECCIÓN DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Sección de Protección de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui
Barcelona, veintisiete de enero de dos mil cinco
194º y 145º
ASUNTO : BP02-Z-2005-000115
Por recibida la anterior solicitud de Guarda y Custodia, propuesta por la ciudadana Fiscal Decimo Tercero Encargada del Ministerio Publico de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, DRA. LORYANA DECENA RAMIREZ, actuando en representación del niño JESUS NICOLAS VELASQUEZ CARREÑO, de dos (02) años de edad. Désele entrada. Fórmese expediente. Cítense por medio de boletas a los ciudadanos EUDYS JOSE VELASQUEZ y ALBA JACQUELINE CARREÑO RIVAS, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros. V- 11.907.361 y 13.164.341, respectivamente, domiciliado el primero en la Avenida 4, vereda 60, casa N° 6, Sector 2, Tronconal III, Barcelona, Estado Anzoátegui, y la segunda domiciliada en el Viñedo, Calle 8, N° 24, Sector 4, Barcelona, Estado Anzoátegui, a los fines de que comparezcan por ante este Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente del Estado Anzoátegui, Sala de Juicio N° 01, al tercer (3er) de Despacho siguiente a sus citaciones, a las diez de la mañana (10:00 a.m.), a dar contestación a la referida solicitud. Se le advierte a las partes que en la misma oportunidad a las nueve de la mañana (9:00 a.m.), será el Acto Conciliatorio. Líbrese las correspondientes boletas de citaciones a los fines de practique las citaciones de los ciudadanos EUDYS JOSE VELASQUEZ y ALBA JACQUELINE CAREEÑO RIVAS, quienes se encuentran domiciliados en esta Jurisdicción. Asimismo se acuerda practicar sendos Informes Sociales en los hogares de los ciudadanos EUDYS JOSE VELASQUEZ y ALBA JACQUELINE CAREEÑO RIVAS, asimismo practicar evaluaciones psiquiatricas y psicologicas a los referidos ciudadanos, a través del Equipo Multidisciplinario de este Despacho.
LA JUEZ UNIPERSONAL N° SALA 01.
DRA. GLADYS SANCHEZ DE GUZMAN.
LA SECRETARIA,
Abg. ODALIS MARIN MAITAN.