Vista la Inhibición planteada por la Abogada Ida Tineo Mata, Juez Provisorio del Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Agrario de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, en el juicio de Querella Interdictal intentada por Gilberto Armando Fernández Guevara contra Dannys Espinoza, Rosa Isabel Rondón, Yesenia Martínez, Wilfredo Guerra, Rosa Virginia Rondón, Arnaldo Barrios, Eglys Maican, Luz Guevara y Reinaldo Tiamo, ello en virtud de considerarse incursa en la causal contenida en el articulo 82, Ordinal 20° del Código de Procedimiento Civil, por cuanto el abogado Jorge Luis Itriago Hernández, presentó escrito profiriendo frases injuriosas en contra de la mencionada Juez; en consecuencia, este Juzgado Superior declara CON LUGAR dicha Inhibición, por estar fundamentada en causa legal. En consecuencia, devuélvanse las presentes actuaciones al Tribunal a-quo a fin de que de cumplimiento a lo establecido en el artículo 48 de la Ley Orgánica del Poder Judicial. Pronunciamiento que formula este Juzgado en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley. Déjese copia certificada.
La Juez,
Dra. María Teresa Díaz Marín
La Secretaria,
Abog. Mariela Trías Zerpa.
Seguidamente se cumplió lo ordenado en el auto anterior, remitiéndose al Tribunal de la causa mediante Oficio No. 00-165, constante de nueve (09) folios útiles. Conste.-
La Secretaria,
Abog. Mariela Trías Zerpa.
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