REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil, Tránsito y de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui.
Barcelona, catorce de febrero de dos mil cinco
194º y 145º
ASUNTO : BH06-X-2005-000017
Vistas las actuaciones que anteceden, relacionadas con la inhibición planteada por la Abogada Gladys Sánchez de Guzmán, en su condición de Juez Unipersonal N°1, del Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, en el juicio de DIVORCIO 185-A, interpuesto por los ciudadanos FRANCISCO ANTONIO GARCÍA FERNÁNDEZ y AURISTELA DEL VALLE CASTILLO HERNÁNDEZ, la cual fundamentó en el Ordinal 15 del Artículo 82 del Código de Procedimiento Civil; fórmese expediente, admítase, désele entrada en los libros de causas respectivos llevados por este Tribunal Superior durante el presente año y háganse las anotaciones correspondientes.
En consecuencia, este Tribunal Superior administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara Con Lugar la inhibición planteada, conforme lo establece el artículo 88 ejusdem, por estar fundamentada en causal legal. Remítanse las actuaciones al Tribunal de origen a los fines legales consiguientes,
El Juez,
Abg. Rafael Simón Rincón Apalmo
La Secretaria,
Abg. María Eugenia Pérez
Seguidamente se cumplió lo ordenado en el auto anterior, se remiten las actuaciones constantes de cinco (5) folios útiles, junto con oficio N°.2005-0410-57. Conste. La Secretaria,
Abg. María Eugenia Pérez
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