REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE CONTROL
Tribunal de Control de Barcelona
Barcelona, 4 de Febrero de 2005
194º y 145º
ASUNTO PRINCIPAL : BP01-S-2004-016812
ASUNTO : BP01-S-2004-016812
Visto el escrito de fecha 22-01-2004 presentado por la ciudadana NOHELSY GABRIELA GORDONES SANCHEZ C,I: 15. 018. 219, en virtud del cual solicita la entrega del vehículo, Marca Chevrolet, Modelo Gran Vitara, Año 2000, Color Verde, Clase Camioneta Tipo Sport Wagon, Uso Particular, Serial de Carrocería 8LDFTA03VY0006406, Placas MCY-46E, Serial de Motor G16B616181; este Tribunal de control N° 01 a los fines de decidir observa:
Revisadas las actuaciones, cursa en el folio 21, un auto del Fiscal Sexto del Ministerio Público de fecha; 22-12-04 en donde este acuerda negar la entrega material del mencionado vehículo, por cuanto:
Primero: La placa del Serial Body signado con los signos físicos de remoción, por lo que se determina: Placa Suplantada y Falsa.
Segundo: El serial del chasis signados con los digito Alfa Numérico 8LDFTA03VY0006406, presenta Signos Físicos de Alteración...
Tercero: El Serial del Motor signado con los dígitos Alfa. Numérico G16B616181, objeto de estudio, el área de estampado presenta signos físicos de alteración de su serial original,.... por lo que se determinará falso"
" En base a los estudios técnicos y realizados al vehículo podemos concluir que",... Se solicitó información al SUICODA ( Sistema de consulta y datos de la Guardia Nacional),... informando el operador que el serial Body N° 8LDFTA03VY0006406 y el Serial del Motor N° G16B616181, no registra en el sistema Setra y las Placas Matrículas N° MCY-46E le pertenecen a un vehículo Marca Chevrolet, Modelo Chevette Serial de Carrocería: 5069JLV303223, Serial del Motor; N° JLV303223 año 1990... y no posee requerimiento policial."
Consta en auto oficio de fecha 23-12-2004 emanado de la Fiscalía Sexta del Ministerio Publico folio 07, en virtud del cual pone a la orden de este Tribunal de Control la causa principal 03-06-145227-04 (BP01-S-2004-16812), y el vehículo solicitado.
Analizadas como han sido las presentes actuaciones se aprecia que la información suministrado y anexo, la cual se relaciona con la presente solicitud deja en el ánimo de este juzgador dudas razonables sobre la propiedad que reclama tener sobre este bien, la solicitante Ciudadana NOHELSY GABRIELA GORDONES SANCHEZ ahora bien, si bien es cierto existen una serie de irregularidades en las características originales de este vehículo tal como se compruebe con las experticia realizada y por cuanto se aprecia hubo un desconocimiento de la solicitante al momento de la compra, la cual se infiere fue realizada buena fé por lo que de conformidad con el artículo 788 del Código Civil, y al no existir otra persona que le discuta la posesión de este bien, este Tribunal de Control N° 01 considera procedente la entrega del mismo y así se declara.
RESOLUCIÓN
Por todo lo anteriormente expuesto, este Tribunal de Control N° 01 Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, acuerda la entrega del vehículo: CHEVROLET, GRAND VITARA, TIPO SPORT WAGON, USO PARTICULAR SERIAL DE CARROCERÍA 8ldftad3vy0006406, Placas MCY-4GE, Serial del Motor G16B616181.
A la ciudadana: NOHELSY GABRIELA GORDONES SANCHEZ, venezolana, mayor de edad, de este domicilio, titular de la Cédula de Identidad N° 15.018.219, en calidad de sólo guarda y custodia; quedando obligada a presentarlo a las autoridades las veces que le sea requerido. Todo de conformidad con lo establecido en el artículo 311 del Código Orgánico Procesal Penal. Líbrese Boletas de Notificación a la Solicitante, Oficio al Estacionamiento Destacamento N° 75 de este Estado.
EL JUEZ DE CONTROL N° 01 LA SECRETARIA,
DR. JOSE LUIS ARRIOJAS ABG. ELIZABETH MENDEZ
JLA/elesme.-