REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SÉPTIMO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE CONTROL
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal de Control de Barcelona
Barcelona, 16 de Febrero de 2005
194º y 145º
ASUNTO PRINCIPAL : BP01-S-2005-000694
ASUNTO : BP01-S-2005-000694
Visto los escritos presentados por la Abogada IRMA FERMIN, Defensora Pública Séptima Penal del imputado FRANCISCO JOSE GUARARIMA MOSQUEDA, mediante los cuales solicita se acuerde a favor de su representado otras condiciones contenidas en el artículo en el artículo 256, establecidas en el Código Orgánico Procesal Penal, que él pueda cumplir a cabalidad, en virtud de que su representado por causa no ajena a su voluntad, no pudo presentarse ante la Circunscripción para ser asignado en el alistamiento para ingresar a la Fuerza Armada Nacional; solicitando igualmente la certificación de antecedentes penales de su representado.
Este Tribunal al respecto considera que la solicitud de la defensa resulta infundada e imprecisa, no quedando clara la situación planteada a los fines de efectuar el cambio de medida conforme al contenido del artículo 256 del Código Orgánico Procesal Penal, y es por los motivos antes expuestos que resulta improcedente y a tal efecto solicita que la defensa sea mas explicita en su pedimento. Toda vez que en su escrito señala que su defendido no logró por razones no ajenas a su voluntad, presentarse ante la Circunscripción, se pregunta el Tribunal, Cuál circunscripción?. Y como quiera que en el expediente no consta ninguna circunstancia relacionada con el pedimento, este Tribunal Administrando Justicia en Nombre de la República y por Autoridad de la Ley DECRETA: SIN LUGAR la solicitud de la defensa en cuanto a aplicar medidas cautelares sustitutivas de las contenidas en el artículo 256 del Código Orgánico Procesal Penal. Por otra parte se acuerda la solicitud de antecedentes penales requerida por la defensa por no ser contraria a derecho. Líbrese correspondiente oficio dirigido a la Dirección de Prisiones del Ministerio del Interior y Justicia. Notifíquese a la defensa. Cúmplase.
LA JUEZ DE CONTROL N° 07
DRA. ELBA UROSA DE LANZA LA SECRETARIA
GABRIELA SALAZAR