REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, AGRARIO Y TRÁNSITO

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui
Barcelona, dieciocho de febrero de dos mil cinco
194º y 145º
ASUNTO : BP02-S-2004-002665
Vista la anterior solicitud de Título de ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS, presentado por la ciudadana MÓNICA MERCEDES PADRÓN CAPRILES, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N°. 13.178.292, domiciliada en Aragua de Barcelona, Estado Anzoátegui, asistida del Abogado FRANCISCO PÉREZ MARTÍNEZ, inscrito en el Inpreabogado con el N°. 5.249; mediante la cual solicita que tanto ella como los ciudadanos SANDRA JOSEFINA, NANCY JOSEFINA, ALBERTO RAFAEL CAPRILES LANDER, Y RAÚL GABRIEL PADRÓN CAPRILES. sean declarados ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS de la de cujus MERCEDES LUCILA PASTORA DE JESÚS LANDER DE CAPRILES; quien fuera venezolana, mayor de edad y titular de la Cédula de Identidad N°.451.668 y falleció ab-intestato , en fecha 10 de Octubre del 2.004, en Aragua de Barcelona, Municipio Aragua del Estado Anzoátegui y vistas asimismo las declaraciones contestes rendidas por las ciudadanos JOSÉ LEONARDO PÉREZ CABEZA y ANTONIO JOSÉ REGGIO DÍAZ, identificados en autos; quienes declararon por ante este Juzgado y por cuanto no ha habido impedimentos de terceros, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, declara ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS de la de cujus MERCEDES LUCILA PASTORA DE JESÚS LANDER DE CAPRILES, a los ciudadanos MÓNICA MERCEDES PADRÓN CAPRILES, SANDRA JOSEFINA, NANCY JOSEFINA, ALBERTO RAFAEL CAPRILES LANDER, Y RAÚL GABRIEL PADRÓN CAPRILES; anteriormente identificados, dejando en todo caso a salvo los derechos de terceros. Devuélvase original y demás actuaciones al interesado y déjese copia certificada del presente auto, a fines de su archivo y nota en el Libro Diario que lleva este Tribunal.
LA JUEZ,


DRA. IDA TINEO DE MATA
LA SECRETARIA ,


DRA. MIRLA MATA ROJAS.
En la misma fecha anterior se devolvió original en 22 folios útiles. Conste.,
LA SECRETARIA,


DRA. MIRLA MATA ROJAS.