REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, AGRARIO Y TRÁNSITO
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui
Barcelona, veintidós de febrero de dos mil cinco
194º y 146º
ASUNTO : BP02-S-2005-000033
Vista la solicitud de UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS, presentado por el ciudadano ANTONIO LORENZO RODRIGUEZ SAN JUAN, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° 8.215.040, domiciliados en la ciudad de Barcelona, Municipio Simón Bolívar del Estado Anzoátegui, asistido por el abogado REINALDO RODRIGUEZ MARCANO, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 25.061, mediante el cual solicita que los ciudadanos NESTOR RODRIGUEZ SAN JUAN, MARIANO JAVIER RODRIGUEZ SAN JUAN y ANTONIO LORENZO RODRIGUEZ SAN JUAN; sean declarados como ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS de los de cujus MARIANO RODRIGUEZ PÉREZ y ANTONIA SAN JUAN RIVEROL, quienes fallecieron ab- intestato los dias 12-01-1.993 y 28-11-2.000, respectivamente, según actas de Defunción signadas con los Nros 07 y 44, consignadas en el presente expediente.- Este Tribunal vistos los recaudos acompañados y las declaraciones de los ciudadanos HENRY ANTONIO CLARET MARIN GARCIA y ALEXANDRA JOSEFINA GUANARES TAYUPO, identificados en autos, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, declara las anteriores actuaciones suficientes y bastantes para asegurarles su condición de ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS de los de cujus MARIANO RODRIGUEZ PÉREZ y ANTONIA SAN JUAN RIVEROL, dejándose en todo caso a salvo los derechos de terceros.- Devuélvase original a los solicitantes y déjese nota en el Libro Diario llevado por este Tribunal durante el presente año.-
LA JUEZ PROVISORIO,
DRA. IDA TINEO DE MATA
LA SECRETARIA,
DRA. MIRLA MATA ROJAS