REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, AGRARIO, TRÁNSITO Y TRABAJO
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Agrario de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, de El Tigre.
El Tigre, diecisiete de febrero de dos mil cinco
194º y 145º
ASUNTO : BP12-M-2005-000007
Presentada como ha sido la demanda por COBRO DE BOLIVARES, por los abogados JESUS BERMUDEZ RIVAS y YURAIMA MIRANDA GONZALEZ, inscritos en el Inpreabogado bajo los Nros. 84.994 y 84.912 respectivamente, en sus condiciones de ENDOSATARIO, contra el ciudadano JOSE FLORES, el Tribunal para decidir sobre su admisión o inadmisión observa: Por cuanto de la letra de cambio acompañada al escrito de demanda, como instrumento cambiario fundamental de la acción intentada por la parte actora se observa, que en la referida letra de cambio en la que figura como librado el ciudadano JESUS RODRIGUEZ, falta uno de los requisitos exigidos en el artículo 410 del Código de Comercio numeral 8°, “La firma del que gira la letra (librador)”, y por lo que a falta de este requisito no vale como tal dicha letra de cambio; asimismo observa que el cheque objeto de reclamo no esta protestado por ante autoridad alguna, es por lo que este Tribunal administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, NIEGA la admisión de la demanda, y así se decide.-
LA JUEZ TEMPORAL,
ELAINA GAMARDO LEDEZMA
LA SECRETARIA,
MARIANELA QUIJADA ESTABA
EGL/egl.-
Exp. N° BP12-M-2005-0000007