REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Tribunal Primero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui
Barcelona, 22 de febrero de dos mil cinco
195º y 145º
AUDIENCIA DE JUICIO

ASUNTO: BP02-L-2004-000373
PARTE ACTORA: CARLOS MARTINEZ, venezolano, mayor de edad, de este domicilio y titular de la cédula de identidad Nº 1.169.595.
APODERADOS DE LA PARTE ACTORA: DASMARYS ESPINOZA, inscrita en el I.P.S.A. bajo el No. 66.100.
PARTE DEMANDADA: ALCALDIA DEL MUNICIPIO SIMÓN BOLÍVAR DELESTADO ANZOÁTEGUI
APODERADOS DE LA PARTE DEMANDADA: No presentó.
MOTIVO: COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES Y OTROS CONCEPTOS LABORALES.

En horas de despacho del día de hoy, veintidós (22) de febrero de dos mil cinco (2005), reunidos en la Sala de Audiencias de los Tribunales Laborales, del Palacio de Justicia, siendo las nueve de la mañana (09:00 a.m.) día y hora, fijada para que tenga lugar la Audiencia de Juicio en la presente causa, seguido por el ciudadano CARLOS MARTINEZ, venezolano, mayor de edad, de este domicilio y titular de la cédula de identidad Nº 1.169.595 contra la ALCALDIA DEL MUNICIPIO BOLÍVAR DEL ESTADO ANZOÁTEGUI. Se constituye de conformidad con lo previsto en el artículo 16 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo el Juzgado Primero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, Presidido por la Juez, Abog. MARIA AUXILIADORA CHAVEZ, la Secretaria Abog. MARIA CARMONA y el Alguacil RAUL CAGUANA, razón por la cual se abre la sesión y se da inicio a la Audiencia de Juicio. Posteriormente la Ciudadano Juez ordena a la Secretaria informar el motivo de la presente Audiencia y dejar constancia de la presencia de las partes. Seguidamente la Secretaria dio cuenta a la Ciudadana Juez del objeto de la presente Audiencia. Asimismo deja constancia de la no comparecencia de la parte actora ni por sí ni por medio de apoderado alguno. De igual manera se deja constancia de la no comparecencia de la demandada ALCALDIA DEL MUNICIPIO BOLÍVAR ni por sí ni por medio de apoderado alguno. Verificadas la inasistencia de las partes, el tribunal de conformidad de conformidad con el primer aparte del artículo 151 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo declara DESISTIDO la acción y terminado el procedimiento, absteniéndose de archivar el mismo hasta tanto no transcurra el lapso legal previsto para que la parte actora interponga los recursos que contra la misma creyere pertinente. Igualmente se deja constancia que la presente audiencia se reprodujo en forma audiovisual de acuerdo a lo preceptuado en el artículo 162 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, con una cámara marca SONY, mini DV, serial Nº 440990, manipulada por el técnico audiovisual adscrito a la Coordinación Judicial de esta Circunscripción Judicial, ciudadano JESÚS GUEVARA, titular de la cédula de identidad Nº 11.904.682. Se declara concluida la Audiencia de Juicio. Asimismo se ordena agregar a los autos la reproducción audiovisual de la presente audiencia. Siendo las 09:04 a. m. Terminó, se leyó y conformes firman.
LA JUEZ TEMPORAL

ABOG. MARIA AUXILIADORA CHAVEZ

LA SECRETARIA TEMPORAL

ABOG. MARIA CARMONA AINAGA