REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Sección de Protección de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui
Barcelona, dieciséis de febrero de dos mil cinco
194º y 145º
ASUNTO : BH06-X-2005-000028
Admitida como ha sido la presente demanda de DIVORCIO, incoada por la ciudadana XIOMARA DEL VALLE MARTINEZ, en contra de su legitimo cónyuge ciudadano LUIS ALFREDO LEZAMA PEREZ, donde se encuentran involucrados los adolescentes XIOLY ROSA, LUIS ALFREDO y la niña XIOMARA LUCIA LEZAMA MARTINEZ de 16, 14 y 05 de años de edad respectivamente, y vista la diligencia de fecha 09 de Febrero del 2005, donde la abogada en ejercicio MARIA DEL VALLE NORIEGA GONZALEZ, quien actua en su carácter de apoderada judicial de la ciudadana XIOMARA DEL VALLE MARTINEZ, solicita Medida de embargo provisional sobre el 50% de las prestaciones sociales que le puedan corresponder al ciudadano LUIS ALFREDO LEZAMA PEREZ, de conformidad con la Ley se ABRE el presente Cuaderno de Medidas que formará parte del expediente Nº BP02-Z-2004-002644. En cuanto a las medidas precautelativas solicitadas, ésta Sala de Juicio N° 01 del Tribunal de Proteccion del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoategui, DECRETA lo siguiente: Medida de embargo preventivo sobre el CINCUENTA POR CIENTO (50%) de las Prestaciones Sociales que le puedan corresponder al ciudadano LUIS ALFREDO LEZAMA PEREZ, titular de la cédula de identidad N° 5.490.561, quien presta sus servicios en la empresa VENCEMOS PERTIGALETE (CEMEX), ubicada en la Población de Guanta, Municipio Guanta, Estado Anzoátegui. Asimismo se acuerda librar oficio a la misma empresa a los fines de que informe a la mayor brevedad posible el sueldo mensual actual que devenga el ciudadano LUIS ALFREDO LEZAMA PEREZ. Librese oficios. Cúmplase.
El Juez
Abog. Gladys Sánchez de Guzmán
El Secretario
Abg. Odalis Marín Maitan
Judith
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