REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA


PODER JUDICIAL
Sección de Protección de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui
Barcelona, dieciséis de febrero de dos mil cinco
194º y 145º
ASUNTO : BP02-S-2005-000340
Por recibida la anterior solicitud de UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS, presentada por la ciudadana MERCEDES MARGARITA RIOS CAGUANA, Venezolana, titular de la cédula de identidad N° V- 3.686.439 quien actúan en representación de su su hijo el niño JOSE GREGORIO HENRIQUEZ RIOS, Asistida por el Abogado en Ejercicio Hector Alejandro China, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 103.795, constante de diez (10) folios útiles. Désele entrada. Fórmese expediente y anótese en el Libro respectivo. Tómesele declaración a Dos (02) testigos que presente la parte interesada. Librese boleta de Notificación a la Fiscal Undécimo del Ministerio Publico del Estado Anzoátegui, notificandola del inicio de la presente solicitud. Cúmplase.
LA JUEZ UNIPERSONAL SALA N° 01,
Dra GLADYS SANCHEZ DE GUZMÁN.

LA SECRETARIA,


Abg. ODALIS MARIN MAITAN.