REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL DE PROTECCIÓN DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Sección de Protección de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui
Barcelona, dieciséis de febrero de dos mil cinco
194º y 145º
ASUNTO : BP02-Z-2004-001607
Definitivamente firme como ha quedado la anterior Sentencia de ADOPCION PLENA y CONJUNTA, dictada por ésta Sala de Juicio Nº 01 del Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente del Estado Anzoátegui, procédase a su ejecución a los efectos de los Artículos 432 y 433 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, expídase copia certificada de la Sentencia con inserción de la anterior diligencia y del presente auto. Remítase los oficios correspondientes a los organismos competentes a los fines legales consiguientes. Asimismo se ordena la entrega de los documentos originales consignados, previa certificación en autos, el cierre del expediente y su remisión al Archivo Judicial de este Estado. Librese oficios. Cúmplase.
El Juez
Abog. Gladys Sánchez de Guzmán
El Secretario
Abg. Odalis Marín Maitan
En la misma fecha del auto anterior se cumplió lo ordenado en él. Conste.
El Secretario
Abg. Odalis Marín Maitan.