REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL DE PROTECCIÓN DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA


PODER JUDICIAL

Sección de Protección de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui
Barcelona, dieciocho de febrero de dos mil cinco
194º y 145º
ASUNTO : BP02-S-2005-000360

Por recibida la anterior solicitud de NOMBRAMIENTO DE CURADOR AD- HOC, propuesta por la ciudadana: GUADALUPE COROMOTO CEDEÑO SIFONTES, Venezolana, Mayor de Edad Titular de la Cédula de Identidad de Nº V- 8.203.662, de esté domicilio, actuando en representación de la adolescente: FRANCIS CARIDAD CASTRO CEDEÑO, de diescisiete (17) años de edad, asistido en este acto por la Abog: CESAR RUIZ ROMERO, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 33.356 , junto con los recaudos que en ella se mencionan, todo constante de un (01) folio útil y dos (02) anexos. Désele entrada. Admítase. Fórmese expediente. En consecuncia, 1) se ordena notificar a la Fiscal Undecimo del Ministerio Público de esta Circuscripción Judicial del Inicio del Presente procedimiento, 2) Que la ciudadana: EVELYN JUDITH MEDINA CEDEÑO debe comparecer por ante éste Tribunal en hora de Despacho comprendida s entre las Ocho y Treinya minutos de la mañana y las Dos y treinya minutos de la Tarde (8:30 a.m. y 2:30 pm ), a fin de manifestar su aceptación o excusa del cargo de Curador Ad- Hoc del adolescente arriba mencionada. y en el primero de los casos presente el Juramento de la ley. Líbrese Boleta. Cúmplase.-
LA JUEZ PROVISORIO UNIPERSONAL Nº 02
DRA: ANA JACINTA DURAN
LA SECRETARIA

ABOG. FARAH MELISSA AZOCAR
En la misma fecha del auto anterior se le dio cumplimiento a todo lo ordenado en él.-
LA SECRETARIA
ABOG. FARAH MELISSA AZOCAR



AJD/carmen