REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL DE PROTECCIÓN DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Sección de Protección de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui
Barcelona, veintidós de febrero de dos mil cinco
194º y 146º
ASUNTO : BH06-Z-2002-000106
Definitivamente firme como ha quedado la anterior Sentencia de DIVORCIO propuesto por los ciudadanos:HUMBERTO CELESTINO GUZMAN MOYA y DURMAN ROSALIA ARELLAN AREVALO dictada por este Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente, Sala de Juicio Nº. 02, procédase a su ejecución. A los efectos de los Artículos 475 y 507 del Código Civil, expídase copia certificada de la Sentencia con inserción del presente auto y remítase con oficio una de ellas a la Primera Autoridad Civil, de la Prefectura del Municipio San Joaquin,del Estado Anzoategui y otra al ciudadano Registrador Principal del Estado Anzoategui. Certifíquense por Secretaria dichas copias de conformidad con lo establecido en el Artículo 112 del código Civil. Y asímismo, se ordena el cierre del presente expediente y se ordena su remisión al archivo Judicial.--
LA JUEZ PROVISORIO UNIPERSONAL Nº. 02
DRA. ANA JACINTA DURAN.
LA SECRETARIA.
ABOG. FARAH MELISSA AZOCAR
En la misma fecha del auto anterior, se cumplió todo lo ordenado en él.-
LA SECRETARIA.
ABOG. FARAH MELISSA AZOCAR
ADJ/carmen