REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA DE JUICIO DEL TRABAJO CON SEDE EN EL TIGRE
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Circuito Judicial Laboral de El Tigre
Tribunal Tercero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui.
El Tigre, 18 de Febrero de dos mil cinco
194º y 145º
ASUNTO : BP12-R-2005-000038
Visto el Recurso de Apelación interpuesto por el abogado JOSE MARQUEZ LOSADA, actuando en su carácter de apoderado judicial de la parte actora, 17 de febrero de 2005; en contra de la Sentencia dictada por el entonces, Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario, del Transito y del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Anzoátegui, en fecha 21 de julio de 2004, la cual declaró SIN LUGAR LA ACCION Y CON LUGAR LA FALTA DE CUALIDAD OPUESTA, en la demanda por cobro de indemnización proveniente de enfermedad profesional que cursa en el asunto principal BH14-L-2002-000044; de la revisión exhaustiva de las actas procesales que conforman el referido cuaderno principal, consta que a la presente fecha no se ha notificado a las co demandadas PEREZ COMPANC, C.A.; y PDVSA, PETROLEO Y GAS, S.A., presupuesto necesario para la reanudación de la presente causa y por tanto para el computo de los lapsos procesales. La situación anterior esta evidenciada, de la actuación de fecha 17 de febrero de 2005, en la cual el apoderado actor consigna sobre y postal necesaria para la notificación de la codemandada PEREZ COMPANC, S.A. No así para la co demandada PDVSA, PETROLEO Y GAS, S.A.
Dadas las circunstancia, este Despacho por cuanto evidencia que no se ha cumplido con las notificaciones ordenadas, se abstiene de reanudar la presente causa y así mismo declara EXTEMPORANEO, el Recurso de Amparo formulado por la representación legal de la parte demandante, sin perjuicio de que el mismo pueda ser propuesto nuevamente en la oportunidad legal correspondiente. Así se decide. Cúmplase.
EL JUEZ TEMPORAL
Abg. RICARDO DIAZ CENTENO
LA SECRETARIA
ABOG. BRENDA CASTILLO
Hora de Emisión: 1:05 PM