REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil, Tránsito y de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui.
Barcelona, quince de julio de dos mil cinco
195º y 146º
ASUNTO : BH01-X-2005-000068
Por recibidas las actuaciones que anteceden relacionadas con la Inhibición planteada por el DR. HENRY AGOBIAN VIETTRI, Juez Temporal del Juzgado Primero de Primera Instancia, en lo Civil, Mercantil, Agrario y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, en la ACCIÓN DE AMPARO CONSTITUCIONAL propuesto por la Sociedad Mercantil LAREDO RENTAL CARS, C.A., contra TERMINAL INTERNACIONAL AEROPUERTO GENERAL JOSÉ ANTONIO ANZOÁTEGUI de Barcelona; contenidas en el Ordinal 15° del artículo 82 del Código de Procedimiento Civil. Fórmese expediente, admítase y désele entrada en los libros de causas respectivos llevados por este Tribunal Superior durante el presente año y háganse las anotaciones correspondientes.-
Este Tribunal Superior de conformidad con lo dispuesto en el artículo 88 del Código de Procedimiento Civil, declara CON LUGAR dicha Inhibición por estar fundamentada en causal legal. En consecuencia, devuélvanse las presentes actuaciones al Tribunal de causa, para que éste dé cumplimiento a la Ley Orgánica del Poder Judicial. Todo lo cual se decide en nombre de la República y por autoridad de la Ley.
El Juez,
Abog. Rafael Simón Apalmo
El Secretario,
Abg. Wilmer Tovar Saballo
Seguidamente se cumplió lo ordenado en el auto anterior, remitiéndose al Tribunal de la causa mediante 0ficio N° 0410-337, constante de cinco (05) folios útiles. Conste.-
El Secretario,
Abg. Wilmer Tovar Saballo
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