REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA


PODER JUDICIAL

Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil, Tránsito y de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui.
Barcelona, 15 de julio de dos mil cinco
195º y 146º
ASUNTO: BH03-X-2005-000032


Vista la Inhibición planteada por el Dr. JESUS MARTÍNEZ GAGO, en su condición de Juez Provisorio del Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y Transito de ésta Circunscripción Judicial, fundamentándola en el ordinal 18° del artículo 82 del Código de Procedimiento Civil, en concordancia con el artículo 84 ibídem, en el juicio por DAÑOS Y PERJUICIOS, propuesta por el ciudadano PAOLO GREGORIANI contra RODOLFO HERRERA VERA, “por enemistad manifiesta con el ciudadano ANDRES JOSE ORSINI CALABRIA, quien es abogado en ejercicio e inscrito en el Inpreabogado bajo en Nº 2.105”. En consecuencia, éste Tribunal Superior de conformidad con lo dispuesto en el artículo 88 del Código de Procedimiento Civil, declara CON LUGAR dicha Inhibición por estar fundamentada en causal legal. Devuélvanse las presentes actuaciones al Tribunal de la causa, para que éste dé cumplimiento a la Ley Orgánica del Poder Judicial. Todo lo cual se decide Administrando Justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley.
El Juez Superior Temporal,


Abg. Rafael Simón Rincón Apalmo.
El Secretario Temporal,

Abg. Wilmer Rafael Tovar Saballo.

Seguidamente se cumplió lo ordenado en el auto anterior, remitiéndose el expediente al Tribunal de origen, constante de diez (10) folios útiles y junto con Oficio N°. 0410-330. Conste.
El Secretario Temporal,


Abg. Wilmer Rafael Tovar Saballo.