REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SUPERIOR CONTENCIOSO TRIBUTARIO
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
TRIBUNAL SUPERIOR DE LO CONTENCIOSO TRIBUTARIO DE LA REGIÓN ORIENTAL
Barcelona, siete de julio de dos mil cinco
195º y 146º
ASUNTO : BP02-U-2004-000159
Visto el contenido de los Escritos de Promoción de Pruebas presentados por ante la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos (U.R.D.D.) Civil, en fecha veintisiete (27) de Junio de 2005, el primero de los escritos, por el Abogado HERMES BARRIOS, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 8.271.064, actuando en su carácter de Apoderado Judicial de la contribuyente MOLINOS ORIENTAL, C.A., constante de un (01) folio útil y un (01) comprobante de recepción, recibido por este Tribunal Superior, en la fecha antes mencionada, el cual fue reservado por secretaria; y el segundo, en fecha veintiocho (28) de Junio de 2005, por la Abogada GRISEL HURTADO COLLS, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 11.665.275, actuando en su carácter de Representante Legal por sustitución de la Procuradora General de la República Bolivariana de Venezuela; promoviendo el referido Apoderado Judicial de la contribuyente lo siguiente: “Capitulo I” Acogiéndose al principio de la comunidad de la prueba; y " Capítulo II” Se acoge a lo alegado y probado en autos; y la Representación Fiscal, lo siguiente: “Capítulo I” Documentales, las cuales contiene lo siguiente:
a.) Copia certificada de la Resolución de Imposición de Sanción Nº 200300530 de fecha 25-05-2004, emanada de la División de Contribuyentes Especiales Región Nor Oriental del Servicio Nacional Integrado de Administración Aduanera y Tributaria (SENIAT) adscrito al Ministerio de Finanzas. (Folios 46 y 47)
b.) Copia certificada de Acta de Requerimiento RNO-DF-2005/560-1, dirigida a la contribuyente MOLINO ORIENTAL, C.A., (Folio Nº 48)
c.) Copia certificada del Acta de Recepción RNO-DF-2002-560-2, correspondiente a la contribuyente MOLINO ORIENTAL, C.A. (Folios 49 y 50)
En consecuencia, Este Tribunal Superior de lo Contencioso Tributario de la Región Oriental, ADMITE las pruebas promovidas por el Abogado HERMES BARRIOS, suficientemente identificado up supra, actuando en su carácter de Apoderado Judicial de la contribuyente MOLINOS ORIENTAL, C.A., y por la Abogada GRISEL HURTADO COLLS, suficientemente identificada, actuando en su carácter de Representante Legal por sustitución de la Procuradora General de la República Bolivariana de Venezuela, salvo su apreciación en la definitiva por cuanto las mismas no son manifiestamente ilegales ni impertinentes.
El Juez Temporal,
Dr. Onéximo Garnica Prato
La Secretaria,
Abog. Magaly Díaz
OGP/MD/cg.