REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SUPERIOR DEL TRABAJO

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Tribunal Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui
Barcelona, veintiocho de julio de dos mil cinco
195º y 146º
ASUNTO: BP02-R-2005-000889

Vencido como se encuentra el lapso otorgado por este Juzgado mediante auto de fecha diecinueve (19) de Julio de dos mil cinco (2005), a la parte recurrente para que consignara los recaudos que guardan relación con el presente asunto, a los fines de formar criterio sobre el cual decidir, y por cuanto se observa que los mismos no fueron consignados en el lapso concedido; este Juzgado Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, declara no tener materia sobre la cual decidir; en consecuencia, da por terminado el presente procedimiento. Así se decide. Asimismo, se acuerda remitir copia certificada de la presente decisión al Juzgado Tercero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui. Publíquese, regístrese y déjese copia certificada de la presente decisión. Dada, firmada, sellada y refrendada en la sede del Juzgado Primero Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui.
La Juez

Abg. Corallys Cordero de D´Incecco
El Secretario
Abg. Omar Martínez

En esta misma fecha se dio cumplimiento a lo acordado. Conste.-
El Secretario

Abg. Omar Martínez
CCdeD/OM/yq.-