REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE CONTROL
Tribunal de Control de Barcelona
Barcelona, 19 de Julio de 2005
195º y 146º
ASUNTO PRINCIPAL : BP01-S-2003-002400
ASUNTO : BP01-S-2003-002400
Vista la solicitud presentada por el Dr. RICARDO MAITA, en su carácter de Fiscal Décimo Sexto del Ministerio Público de éste Estado, mediante la cual pide a éste Despacho se decrete el Sobreseimiento de la causa a favor del ciudadano MARTIN RODRIGUEZ, titular de la cédula de identidad número 4.963.019 por el delito Actos Lascivos, previsto y sancionado en el articulo 377 del Código Penal, cometido en perjuicio de (IDENTIDAD OMITIDA); todo de conformidad con lo pautado en el numeral 4 del artículo 318 del Código Orgánico Procesal Penal; éste Tribunal de Control Nro. 02 para decidir observa:
Se desprende de la denuncia interpuesta en fecha 27-02-03, por la ciudadana YANELLI CORROMOTO TORRES MAITA, ante el Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalisticas, mediante la cual expuso que el ciudadano MARTIN RODRIGUEZ, abusó sexualmente de su menor hija de cuatro años de edad; Asimismo, consta en autos Reconocimiento Médico Legal Forense correspondiente a la mencionada victima, donde se concluyó Himen íntegro; igualmente, acta de entrevista correspondiente a la niña (IDENTIDAD OMITIDA), quien por razón de su edad no pronunció palabras; por lo que a criterio de ésta Instancia Penal, no existe razonablemente la posibilidad de incorporar nuevos datos a la investigación; no habiendo bases para que el Ministerio Público solicite el enjuiciamiento del imputado de autos, lo ajustado a derecho es decretar el Sobreseimiento de la causa conforme al artículo 318, numeral 4 del Código Orgánico Procesal Penal; declarándose con lugar la solicitud Fiscal y así se decide.
DISPOSITIVA
Por las razones anteriormente expuestas, éste Tribunal de Primera Instancia del Circuito Judicial Penal del Estado Anzoátegui, con funciones de Control Nro. 02, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley decide: Con Lugar la solicitud presentada por el Dr. RICARDO MAITA, en su carácter de Fiscal Décimo Sexto del Ministerio Público de éste Estado; en consecuencia, conforme al artículo 318, ordinal 4 del Código Orgánico Procesal Penal, se decreta el Sobreseimiento de la Causa a favor del ciudadano MARTIN RODRIGUEZ, titular de la cédula de identidad número 4.963.019 por el delito Actos Lascivos, previsto y sancionado en el articulo 377 del Código Penal, cometido en perjuicio de (IDENTIDAD OMITIDA); decisión ésta que una vez definitivamente firme, pondrá término al procedimiento, con el carácter de Cosa Juzgada, haciendo cesar las Medidas de Coerción Personal que hubiesen sido dictadas. Regístrese. Notifíquese a las partes.
EL JUEZ DE CONTROL Nro: 02
Dr. JOSE FRANCISCO MOLINA.
LA SECRETARIA.
Abg. MARY MARTINEZ