REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL CUARTO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE CONTROL

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal de Control de Barcelona
Barcelona, 1 de Julio de 2005
195º y 146º

ASUNTO PRINCIPAL : BP01-S-2003-011255
ASUNTO : BJ01-X-2004-000171

Revisadas las actuaciones que conforman la presente causa, este Tribunal observa:
En Audiencia Oral celebrada de fecha 22 de Septiembre del año 2004, este Tribunal de Control a solicitud de la Defensora Pública Penal, acordó fijar un Lapso Prudencial de cuarenta y cinco (45) días, a los fines de que la Fiscal Tercera del Ministerio Público de este Estado, emitiera el pronunciamiento respectivo para que concluya la investigación en la presente causa, quedando notificadas las partes en el referido acto.
En consecuencia y vencidos como se encuentran los lapsos legales establecidos, sin que el representante del Ministerio Público haya presentado escrito acusatorio, ni solicitado el Sobreseimiento de la causa, este Tribunal de Control N° 04 del Circuito Judicial Penal del Estado Anzoátegui, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECRETA EL ARCHIVO DE LAS ACTUACIONES que conforman el presente asunto principal, así como el cese de la condición de imputado del ciudadano MARCO ANTONIO CAVADIA, de nacionalidad venezolana, natural de Clarines, Estado Anzoátegui, donde nació en fecha 06-06-66, de 39 años de edad, de estado civil soltero, de oficio recoge latas, hijo de MARIA DEL SOCORRO PINEDA (v) y ELIAS RAFAEL PINEDA (df), residenciado en la Calle Comercio, Casa N° 50, población de Clarines, Estado Anzoátegui, titular de la Cédula de Identidad N° V-8.263.828, de igual manera se acuerda el Cese de las Medidas Cautelares Sustitutivas que le fueran impuestas en fecha 03-11-2003, todo de conformidad con lo establecido en el articulo 314 del Código Orgánico Procesal Penal. Notifíquese. Cúmplase.
LA JUEZ DE CONTROL N° 04,


DRA. FREYA RODRIGUEZ DE LÓPEZ


LA SECRETARIA,


ABOG. FRANCIS SANCHEZ

Resolución
Cese Medidas Cautelares
Asunto: BP01-S-2003-011255
Fecha: 01-07-2005
FRdeL/rc.-