ASUNTO PRINCIPAL : BP01-S-2004-001347

Visto el escrito interpuesto por el Fiscal del Ministerio Público Para el Régimen Procesal Transitorio de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, Dr. LUIS CESAR FARIAS, mediante el cual solicita el Sobreseimiento de la presente causa contra DOMINGO JAVIER MARTINEZ PEREZ por la presunta comisión de uno de los delito previstos y sancionados en la LEY ORGÁNICA SOBRE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTRÓPICAS, en perjuicio de LA COLECTIVIDAD, de conformidad a lo dispuesto en el articulo 108 ordinal 7 del Código Orgánico Procesal Penal, y el articulo 34 ordinal 10º de la Ley Orgánica del Ministerio Publico. Este Tribunal para decidir observa:
Del contenido de las presentes actuaciones se desprende que en fecha 28 de Octubre de 1997, se inicio la Averiguación, en virtud de oficio N° 3102, emanado de la Policía Metropolitana, en el cual informan que se ha cometido uno de los delitos tipificados en la Ley Orgánica Sobre Sustancias Estupefacientes Y Psicotrópicas en perjuicio de la colectividad y señalan como presuntos autores del hecho al ciudadano DOMINGO MARTINEZ …” Presumiéndose la comisión de un hecho punible tipificado en la Ley Orgánica Sobre Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas, pues no consta en las actuaciones la experticia química practicada a la sustancia incautada para determinar la cantidad y tipo de sustancia decomisada
Revisadas como han sido las presentes actuaciones, este Tribunal encuentra que desde la fecha 28 de Octubre de 1997, hasta la presente fecha han trascurrido más de Siete (07) años, sin que se haya presentado ningún acto conclusivo. Por lo que en el presente caso opera la prescripción ya que se evidencia que la acción penal esta prescrita. En consecuencia de ello lo mas ajustado a derecho es decretar el sobreseimiento de la presente causa. Todo de conformidad con lo establecido en los Artículos 318 ordinal 3º y 48 ordinal 8° del Código Orgánico Procesal Penal, en concordancia con los Artículos 108 ord. 4° del Código Penal, en relación con el articulo 553 del Código Orgánico Procesal Penal y el artículo 69 de la Ley Orgánica Sobre Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas. Y así de decide
Por las razones expuestas, este Tribunal de Control N° 07 del Circuito Judicial Penal del Estado Anzoátegui, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECRETA EL SOBRESEIMIENTO DE LA PRESENTE CAUSA, seguida contra DOMINGO JAVIER MARTINEZ PEREZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N° 13.368.551, residenciado en el sector cumanaguaro, calle los mangos al lado del anima El Uvero, El Rincón, Estado Anzoátegui, por la presunta comisión de uno de los delito previstos y sancionados en la LEY ORGÁNICA SOBRE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTRÓPICAS, Todo de conformidad con lo establecido en el Artículo 318 ordinal 3º y 48 ordinal 8° del Código Orgánico Procesal Penal. en concordancia con los Artículos 108 ord. 4° del Código Penal, en relación con el articulo 553 del Código Orgánico Procesal Penal y el articulo 69 de la Ley Orgánica Sobre Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas Notifíquese. Ofíciese lo conducente. Cúmplase.
LA JUEZ DE CONTROL N° 07,
DRA. ELBA UROSA DE LANZA
LA SECRETARIA,
AGOB. JESMIT MILANO