REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE EJECUCIÓN
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal de Ejecucion de Barcelona
Barcelona, 13 de Julio de 2005
195º y 146º
ASUNTO PRINCIPAL : BP01-P-2003-000056
ASUNTO : BP01-P-2003-000056
Definitivamente firme como ha quedado la Sentencia dictada en fecha 13-06-2005, por el Tribunal de Control N° 07 del Circuito Judicial Penal del Estado Anzoátegui, mediante la cual decretó EL SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA seguida a los ciudadanos KELVIN CESAR MANAGUA, venezolano, titular de la cédula de identidad N° 14.476.309, natural de Aragua de Barcelona, Estado Anzoátegui, nacido en fecha 21-05-1.978, de 26 años de edad, de estado civil soltero, de profesión u oficio Comerciante, Hijo de Elba de Jesús Managua y Padre Desconocido, residenciado en Calle El Silencio, Casa Sin número, Puerto La Cruz, Estado Anzoátegui; FREDDY ENMANUEL BLANCO MARCANO, venezolano, quien dijo tener cédula de identidad N° 18.025.690, natural de Barcelona, Estado Anzoátegui, nacido en fecha 15-11-83, de 21 años de edad, de estado civil soltero, de profesión u oficio Obrero, Hijo de ZULI MARY MARCANO DE BLANCO (DF) y FREDDY ANTONIO BLANCO FLORES (v), residenciado en Chorreron, Avenida Principal, casa N° 46, Guanta, Estado Anzoátegui, y ROGER ALEX OLIVEROS AZOCAR, venezolano, titular de la cédula de identidad N° 14.764.636, natural de Barcelona, Estado Anzoátegui, nacido en fecha 10-10-79, de 24 años de edad, de estado civil soltero, de profesión u oficio Obrero, Hijo de LISBETH DE OLIVEROS (v) y ROGER OLIVEROS, residenciado en Avenida Cinco de Julio, Casa N° 16, Puerto La cruz, Estado Anzoátegui; de conformidad con lo establecido en el artículo 330 del Código Orgánico Procesal Penal, en concordancia con el artículo 318, ordinal 4° Ejusdem, y en relación con el artículo 326 ordinales 2 y 5 Ibidem, respecto al delito de HURTO CALIFICADO EN GRADO DE FRUSTRACIÓN, previsto y sancionado en el artículo 455 Ordinal 3° del Reformado Código Penal. En consecuencia este Tribunal N° 02 de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Anzoátegui, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, EJECUTA EL SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA, seguida a los ciudadanos KELVIN CESAR MANAGUA, ROGER ALEX OLIVERO AZOCAR y FREDDY ENMANUEL BLANCO MARCANO, en relación a la presente causa. Ofíciese al Ministerio de Interior y Justicia, a la Oficina Nacional de Identificación y Extranjería del Ministerio de Relaciones Interiores; igualmente remítase la presente causa en su forma original al Archivo Judicial de este Estado en su oportunidad legal, a los fines de su cuido y archivo.
Notifíquese al Fiscal Primero de Ejecución y Sentencia del Ministerio Público de este Estado, Dr. JOSÉ LUIS AZUAJE, al Defensor de Confianza abogada LISBETH FIGUERA CUMANA y a los ciudadanos KELVIN CESAR MANAGUA, ROGER ALEX OLIVERO AZOCAR y FREDDY ENMANUEL BLANCO MARCANO. Cúmplase.
EL JUEZ DE EJECUCIÓN N° 02,
DR. JOSE DELFIN CARRILLO GARCIA
LA SECRETARIA,
ABG. JENNIFER GOMEZ
JDCG/carmen