REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE EJECUCIÓN
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal de Ejecucion de Barcelona
Barcelona, 15 de Julio de 2005
195º y 146º
ASUNTO PRINCIPAL : BP01-P-1999-001982
ASUNTO : BP01-P-1999-001982
Definitivamente firme como ha quedado la Sentencia dictada en fecha 16-06-2005, por el Tribunal de Control N° 06 del Circuito Judicial Penal del Estado Anzoátegui, mediante la cual decretó EL SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA seguida a la ciudadana ZENAIDA JOSEFINA VASQUEZ ROMERO, Venezolana, natural de Barcelona, Estado Anzoátegui, titular de la cédula de identidad N° 5.903.826, donde nació en fecha 16-05-1958, de años 47 de edad, de estado Civil Soltera, de profesión u oficio del Hogar, hijo de JUANA BAUTISTA ROMERO de VASQUEZ y EUCARIO VASQUEZ, y residenciada en Urbanización Boyacá V, Sector 05, Vereda 58, Sector 11, Barcelona, Estado Anzoátegui; de conformidad con lo establecido en el artículo 318, ordinal 1° del Código Orgánico Procesal Penal, respecto a los delitos de POSESION DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTROPICAS Y PORTE ILICITO DE ARMA, previstos y sancionados en los artículos 36 de la Ley Orgánica Sobre Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas y 278 del Código Penal, respectivamente. En consecuencia este Tribunal N° 02 de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Anzoátegui, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, EJECUTA EL SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA, seguida a la ciudadana ZENAIDA JOSEFINA VASQUEZ ROMERO, en relación a la presente causa. Ofíciese al Ministerio de Interior y Justicia, a la Oficina Nacional de Identificación y Extranjería del Ministerio de Relaciones Interiores; igualmente remítase la presente causa en su forma original al Archivo Judicial de este Estado en su oportunidad legal, a los fines de su cuido y archivo.
Notifíquese al Fiscal Primero de Ejecución y Sentencia del Ministerio Público de este Estado, Dr. JOSÉ LUIS AZUAJE, al Defensor de Confianza abogado HECTOR HERNANDEZ y a la ciudadana ZENAIDA JOSEFINA VASQUEZ ROMERO. Cúmplase.
EL JUEZ DE EJECUCIÓN N° 02,
DR. JOSE DELFIN CARRILLO GARCIA
LA SECRETARIA,
ABG. ONEIMAR ROJAS
JDCG/carmen