REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO PENAL EN FUNCIONES DE EJECUCIÓN LOPNA

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal de Ejecución Sección Adolescentes de Barcelona
Barcelona, 28 de julio de 2005
195º y 146º

ASUNTO PRINCIPAL : BY01-D-2002-000013
ASUNTO : BY01-D-2002-000013



Revisadas las actuaciones de la presente causa se observa que hay varios autos a través de los cuales se busca la comparecencia del sancionando (IDENTIDAD OMITIDA), e inclusive en fecha 09-06-04, su progenitora recibió la boleta de notificación para la comparecencia de su hijo ante este Tribunal, sin que este se presentara al mismo.
El articulo 646 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del adolescente establece: El Juez de ejecución es el encargado de controlar el cumplimiento de las mediases impuestas al adolescente….”
Por ello en fecha 15-02-05 el tribunal dicto autos sin que conste resultas de boletas, para su comparecencia ante este tribunal (IDENTIDAD OMITIDA), por lo cual se ordena librar nueva boleta de notificación ordenando la comparecencia del sancionado de marras, en fecha 22-08-05 a las 8:45 a.m.
Por lo antes expuesto este Tribunal de Primera instancia en función de Ejecución del Sistema de Responsabilidad Penal del adolescente, administrando justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley Ordena la comparecencia de (IDENTIDAD OMITIDA), ante este tribunal en fecha 22-08-05 a las 8:45 a.m., para que informe sobre el incumplimiento de su medida. Ello de conformidad con lo establecido en el artículo 646 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente. Líbrese Boleta. Cúmplase.
EL JUEZ


ABOG. MANUEL HERNÁNDEZ NATERA




LA SECRETARIA


ABOG. AHIDE PADRINO