REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA


PODER JUDICIAL

Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui
Barcelona, Diecinueve de Julio del dos mil cinco
195º y 146º

ASUNTO : BP02-F-2004-000183

Visto el escrito que antecede de fecha 07 de Julio del 2.005, suscrito por el abogado en ejercicio Arturo González, inscrito en el I.P.S.A bajo el No. 40.097, en su carácter de apoderado judicial de la parte demandante ciudadano Franklin Morales, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. 5.486.329, mediante el cual DESISTE de la presente demanda de Divorcio, incoada por su representado en contra de su legítima cónyuge ciudadana Iraima Coromoto Otero Flores, este Tribunal de conformidad con el artículo 263 del Código de Procedimiento Civil, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, HOMOLOGA dicho desistimiento; en los mismos términos y condiciones establecidos.- Asimismo, vista la solicitud planteada por el prenombrado abogado, se ordena la devolución de los originales que se acompañaron a la demanda, previa su certificación en autos, los cuales rielan a los folios 05 al 07 .del presente expediente- Devuélvase dichos recaudos. Cúmplase. .
El Juez Temporal.
Henry Agobian Viettri.
La Secretaria Temporal
Haidee Romero Flores.