REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, AGRARIO Y TRÁNSITO

Interlocutoria.-
Transacción.-


REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA


PODER JUDICIAL

Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui
Barcelona, veintiséis de julio de dos mil cinco
195º y 146º

ASUNTO: BP02-V-2005-000342



Vista la Transacción suscrita en fecha 08 de julio de 2.005, entre el Abogado PEDRO LUIS PÉREZ BURELLI, inscrito en el Inpreabogado bajo el No. 38.942, en su carácter de Apoderado Judicial del BANCO MERCANTIL, C.A., (Banco Universal) parte demandante, por una parte y por la otra, el ciudadano ALEARDO DI FAZIO VASQUEZ, asistido por el abogado DOUGLAS JOSÉ ZACARIAS, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 52.254, quién actúa en su propio nombre como pagador de las obligaciones del ciudadano VICTOR ALVAREZ ORENCE, en su carácter de parte demandada, el Tribunal, por cuanto dicha transacción no es contraria a derecho, de conformidad con lo establecido en el artículo 256 del Código de Procedimiento Civil, la HOMOLOGA en los mismos términos y condiciones en que fue suscrita.- Así se decide.-
La Juez Provisorio,


Dra. Ida Tineo de Mata.-
La Secretaria,

Abg. Mirla Mata Rojas.-