Juzgado Cuarto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y de Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui
Barcelona, trece de julio de dos mil cinco
195º y 146º
ASUNTO: BP02-M-2005-000062

Visto el escrito contentivo del convenimiento presentado en fecha 27 de junio de 2005; suscrito por los abogados en ejercicio REINA ROMERO ALVARADO, RAFAEL RAMOS GARCIA o JOSE GETULIO SALAVERRIA LANDER, inscritos en el Inpreabogado bajo los números: 54.464, 10.205 y 2.104, respectivamente, actuando en su caracteres de apoderados judiciales del BANCO MERCANTIL, C.A. BANCO UNIVERSAL, parte demandante en el juicio por ejecución de Hipoteca, por una parte, y por la otra, el ciudadano CARLOS JUVENAL MOYA TEGUEDOR, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° V-3.671.149, en su condición de Presidente de la Sociedad Mercantil FABRICACIONES, INSTALACIONES Y EDIFICACIONES, S.A. (FIESA), y los ciudadanos MARIALIX CAROLINA MOYA NAVA, JAGNE CECILIA NAVA de MOYA y LUIS CARLOS MOYA NAVA, venezolanos, mayores de edad, titulares de las Cédulas de Identidad números: V-14.102.366, V-4.329.785 y V-16.541.448, respectivamente, en sus caracteres de prestataria y garantes, asistidos por la abogada en ejercicio EVELYN PEREZ VASQUEZ, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 107.179; el Tribunal, por cuanto tal actuación no es contraria al orden público y versa sobre derechos disponibles, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, y con base a lo previsto en el artículo 263 del Código de Procedimiento Civil, le imparte su homologación, en los mismos términos y condiciones establecidos en dicho escrito, asimismo, expídanse las copias certificadas solicitadas de conformidad con los artículos 111 y 112 del Código de Procedimiento Civil.- Cúmplase.-
El Juez Temporal,


Abog. Luis Alberto Rivas Silva
La Secretaria,


Abog. Doris Rojas de Nadales.-