REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, AGRARIO, TRÁNSITO Y TRABAJO
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Transito y Agrario de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, de El Tigre.
El Tigre, trece de julio de dos mil cinco
195º y 146º
ASUNTO: BP12-S-2005-002114
Vista la solicitud presentada por el ciudadana ANEIRA DEL PILAR MARCANO DE MAZZOCCHI venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. 11.907.043, domiciliado en Anaco, Municipio Anaco del Estado Anzoátegui, donde manifiesta se le conceda titulo supletorio de dominio sobre unas bienhechurías que fomentó a expensa propias con dinero de su propio peculio, en una parcela de terreno,,ubicada en primera transversal del sector La Florida de la ciudad de Anaco, Estado Anzoátegui.- Alinderadas de la siguiente manera NORTE: Primera Transversal sector la florida que es su frente: SUR: Con casa que es o fue del señor Luís Guanare; ESTE: Con Terreno propiedad de Banco Mercantil y OESTE: Con casa que es o fue de Efraín Ordaz.- Dichas bienhechurias consistentes una casa que consta de tres dormitorios, una cocina empotrada, una sala comedor, una sala recibo, una sala de baño, un lavadero, un garaje, un porche. De paredes de bloques de cemento, techo de platabanda y acerolit, piso de cemento, puertas y ventanas de hierro.- El valor invertido en ella es la cantidad de NUEVE MILLONES OCHOCIENTOS MIL BOLIVARES (Bs. 9.800.000,oo), este Tribunal administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, especialmente por los artículos 936 y 937 del Código de Procedimiento Civil y dejando a salvo los derechos que terceras personas puedan tener aprueba la mencionada Justificación y le DECLARA TITULO SUPLETORIO DE DOMINIO sobre la propiedad que ejerce la ciudadana ANEIRA DEL PILAR MARCANO DE MAZZOCCHI ya identificada, en las bienhechurias antes descritas en el presente decreto, devuélvanse las actuaciones a la parte interesada.-
LA JUEZ TEMPORAL
Abog. ELAINA GAMARDO LEDEZMA
LA SECRETARIA
Abog. MARIANELA QUIJADA ESTABA
Se devuelven constante de ocho (8) folios útiles originales con sus resultas al interesado.-
LA SECRETARIA
Abog. MARIANELA QUIJADA ESTABA.-