REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, AGRARIO, TRÁNSITO Y TRABAJO
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Transito y Agrario de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, de El Tigre.
El Tigre, catorce de julio de dos mil cinco
195º y 146º
ASUNTO: BP12-S-2005-002095
Vista la solicitud presentada por el ciudadano LORENZO LOPEZ MALDONADO, colombiano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° E-82.236.659, y domiciliado en esta ciudad de El Tigre, debidamente asistido de abogado, donde solicita se le conceda Titulo Supletorio de dominio sobre unas bienhechurías que fomentó a expensas propias con dinero de su propio peculio, ubicada en el Sector Nueva Constitución, 5ta. Avenida, N° 13, El Tigre, Estado Anzoátegui, sobre un lote de terreno Municipal, con una superficie que mide TREINTA Y DOS METROS (32 Mts.) DE FRENTE por VEINTIDOS METROS (22 Mts.) DE FONDO aproximadamente, alinderada de la siguiente manera: NORTE: Con Casa de la señora Mariannis Molina, que es su fondo; SUR: Casa 5ta. Avenida, que es su frente; ESTE: Con Casa de la Sra. Carolina Terán; y OESTE: Con casa del Sr. Luis Albino. Dichas bienhechurías consiste en una casa, constante de cuatro (4) habitaciones, dos (2) baños, una (1) sala de estar, un (1) comedor, una (1) cocina, un (1) local tipo comercial y un portón de hierro; construida con paredes de bloques de cemento, Piso de cemento y techo de zinc, ventanas de hierro, puertas de hierro.- El valor invertido en la construcción es la cantidad de OCHO MILLONES DE BOLIVARES (Bs. 8.000.000,00), y teniéndose presentes las declaraciones de los testigos, éste Tribunal administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, especialmente por los artículos 936 y 937 del Código de Procedimiento Civil y dejando a salvo los derechos que terceras personas puedan tener aprueba la mencionada Justificación y le DECLARA TITULO SUPLETORIO DE DOMINIO sobre la propiedad que ejerce el ciudadano LORENZO LOPEZ MALDONADO, ya identificado, en las bienhechurías antes descritas en el presente decreto, devuélvanse las actuaciones a la parte interesada.-
LA JUEZ TEMPORAL,
Dra. ELAINA GAMARDO LEDEZMA
LA SECRETARIA.,
Abog. MARIANELA QUIJADA ESTABA-
Constante de seis (06) folios útiles se devuelve original con sus resultas a los solicitantes.-Conste.-
LA SECRETARIA.,
Abog. MARIANELA QUIJADA ESTABA