REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, AGRARIO, TRÁNSITO Y TRABAJO

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Transito Y Agrario de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, de El Tigre.
El Tigre, quince de julio de dos mil cinco
195º y 146º

ASUNTO: BP12-S-2005-001869

Vista la solicitud presentada por la ciudadana Bethsy Rodríguez de Jiménez, Venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 5.994.726, domiciliada en san José de Guanipa, asistido de abogado, donde manifiesta se le conceda titulo supletorio de dominio sobre unas bienhechurías que fomentó a expensa propias con dinero de su propio peculio, ubicadas en la Calle Maracay, Municipio Guanipa del estado Anzoátegui, sobre un lote de terreno municipal, que mide CIENTO CUARENTA Y CUATRO METROS CUADRADOS (144 Mts2); alinderadas de la siguiente manera NORTE: casa que es o fue de Wilfredo Ruiz, midiendo dieciséis metros (16 Mts); SUR: casa que es o fue de Nelson Uzcategui, midiendo dieciséis metros (16 Mts); ESTE: casa de Fernando González, midiendo nueve metros (9 Mts) y OESTE: Calle Maracay que es su frente, midiendo nueve metros (9 Mts). Dichas bienhechurías consisten en una casa con paredes de bloque, piso de cemento y techo de acerolit, entre sus características principales. El valor invertido es la cantidad de DOS MILLONES DE BOLIVARES (2.000.000), y teniéndose presentes las declaraciones de los testigos, éste Tribunal administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, especialmente por los artículos 936 y 937 del Código de Procedimiento Civil y dejando a salvo los derechos que terceras personas puedan tener aprueba la mencionada Justificación y le DECLARA TITULO SUPLETORIO DE DOMINIO sobre la propiedad que ejerce la ciudadana Bethsy Rodríguez de Jiménez ya identificado, en las bienhechurías antes descritas en el presente decreto, devuélvanse las actuaciones a la parte interesada.-
La Juez Temporal


Abg. Elaina Gamardo Ledezma
La secretaria


Marianela Quijada estaba


Se devuelve constante de siete (7) folio útiles resultas con sus originales al interesado
La Secretaria